Buscar

Cámara de Diputados aprobó reformas sobre acreditación de concubinato de integrantes de las Fuerzas Armadas

• Los cambios a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas fueron avalados por unanimidad

• El dictamen se remitió al Senado de la República

La Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad de 488 votos, reformas a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, en materia de acreditación de concubinato.

El dictamen establece que la relación de concubinato será acreditada con la designación que el militar haya hecho de la persona interesada, como concubina o concubinario, ante el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas o la Secretaría de la Defensa Nacional o la de Marina.

Las modificaciones al artículo 160 de dicha ley, remitidas al Senado de la República para sus efectos constitucionales, indican que, a falta de esta designación, la persona interesada podrá ofrecer los medios de prueba establecidos en el Código Federal de Procedimientos Civiles, a fin de demostrar la relación de concubinato con el militar, cuando éste omita realizar o actualizar la designación correspondiente.

El documento refiere que con la reforma se amplía la garantía de seguridad jurídica de la unión de hecho y de las partes, al permitir demostrar la existencia del concubinato, a través de otros medios probatorios.

Indica que se podría permitir a los interesados demostrar lo que a su derecho convenga para acreditar la existencia de concubinato, ya que actualmente pareciera que su existencia se supedita a la voluntad del militar a través de la designación que él haga.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Ricardo Villarreal García (PAN), presidente de la Comisión de Defensa Nacional, explicó que el dictamen tiene como finalidad impulsar el derecho para que la persona interesada en calidad de concubina de un militar fallecido pueda recibir una pensión económica.

Por lo tanto, a falta de la designación por parte de un militar a la persona concubina, ésta podrá ofrecer los medios de prueba establecidos por el Código Federal de Procedimiento Civiles para demostrar la relación.

Argumentó que el artículo 160 vigente de la ley transgrede la libertad y garantía de derecho de audiencia al no permitir al interesado o a la interesada ofrecer medios probatorios que acrediten su relación de concubinato, lo que afecta no solamente al derecho, sino lo relacionado con las consecuencias jurídicas.

De Morena, el diputado Marco Antonio Pérez Garibay señaló que la aprobación de este dictamen conlleva el reconocimiento de los derechos de concubinas y concubinarios del personal militar para que, sin obstáculos, accedan a los beneficios de la seguridad social.

En tal virtud, agregó, el dictamen propone que en la acreditación del concubinato se ofrezcan los medios pertinentes en el Código Federal de Procedimientos Civiles, lo que implica que se garantice a la persona interesada sus derechos. Lo anterior, dijo, otorga certeza a las familias de los militares.