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El gran objetivo de la Independencia de Catalunya

Amadeo Palliser Cifuentes
Amadeo Palliser Cifuentes
amadeopalliser@gmail.com

En el año 2015, al serle entregada la Medalla de Oro de la Generalitat de Catalunya, el periodista y escritor Josep María Espinàs i Massip, fallecido el pasado día 5, dijo:

‘Agradezco profundamente al gobierno de mi Nación que me recuerde, con esta medalla, que hemos de resistir con la dureza del hierro, si queremos conseguir el premio del oro, que es como decir el de la Independencia’.

Todos sabemos que los grandes objetivos requieren esfuerzo y constancia, pues nadie regala nada de forma desinteresada; y mucho menos un estado carpetovetónico como el español, que es como un gran agujero negro, que lo absorbe todo, pues es extractivo, como lo demuestra su política en todos los ámbitos. No en vano consideran que son ‘el Km 0’ de todo el universo, de toda la galaxia y, por lo tanto, deben ser bonificados por ello, por su ‘gran servicio colonizador’.

Y ese carácter de ‘Km 0’ lo tienen incrustado en su ADN, y no lo van a modificar por un pseudo diálogo, ni por unas sentencias de los tribunales extranjeros, que intentarán sortear; no en vano, España tiene un gran historial, un récord, de incumplimientos de sentencias, tanto del TJUE como de otros tribunales internacionales.

A modo de ejemplo, el pasado mes de setiembre del 2022 se promulgó el siguiente fallo, que me parece muy, pero muy, ilustrativo:

‘El TJUE ha dictado una sentencia en el asunto C-278/20, por la cual se establece el régimen de responsabilidad patrimonial del Estado legislador a causa del incumplimiento del derecho de la UE. Una vez ha sido declarado por el TJUE el incumplimiento por parte del Reino de España, este último debe ajustarse a lo dispuesto en la sentencia con la mayor brevedad posible. En caso de que la Comisión considere que España continúa incumpliendo la sentencia, puede interponer un nuevo recurso solicitando que se le impongan sanciones pecuniarias.

(…) Dicho recurso vino motivado a causa del artículo 32 de la Ley 29/1998, a través del cual se posibilita que los efectos de una sentencia firme que haya reconocido una situación jurídica individualizada a favor de una persona se extiendan a otras personas que se encuentren en la misma situación jurídica.

(…) El Reino de España, en sus alegaciones, manifiesta que no se ha tenido en cuenta determinada jurisprudencia del Tribunal Supremo. A lo que el TJUE argumenta que, a pesar de que emane de un órgano jurisdiccional supremo, no basta, habida cuenta del carácter fundamental del principio de responsabilidad del Estado por aquellas infracciones del derecho de la Unión que le sean imputables.

(…) El TJUE no exige que el particular haya agotado todos los recursos disponibles, sino únicamente que se haya obtenido una sentencia firme en un recurso contra esta actuación administrativa, en cualquier instancia.

(…) Y en cuanto a la cuantía indemnizable, a falta de disposiciones del derecho de la Unión en este ámbito, corresponde al ordenamiento jurídico interno de cada Estado miembro determinar la cuantía de la reparación y las reglas relativas a la evaluación de los daños causados por una infracción del derecho de la Unión.

(…) El principio de equivalencia es otro principio que ha entendido el Tribunal incumplido por el Reino de España. Este principio tiene por objeto establecer un marco para la autonomía procesal de la que disponen los Estados miembros cuando aplican el derecho de la Unión. Así, según la jurisprudencia, este principio solo puede aplicarse cuando dicha responsabilidad se contrae sobre la base del derecho de la Unión. Y cuando converjan los siguientes requisitos: que la norma infringida del derecho de la Unión tenga por objeto conferirles derechos; que la infracción de esta norma esté suficientemente caracterizada; que exista una relación de causalidad directa entre tal infracción y el perjuicio sufrido por estos particulares.

Habida cuenta de todas las consideraciones anteriores, el TJUE declara que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de efectividad y no considera válidos los requisitos esgrimidos por el Estado español, basados en que exista una sentencia del Tribunal de Justicia que haya declarado el carácter contrario al Derecho de la Unión de la norma con rango de ley aplicada; y que el particular perjudicado haya obtenido, en cualquier instancia, una sentencia firme desestimadora de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño.

También rechaza un plazo de la prescripción de un año desde la publicación en el Diario Oficial de la sentencia del TJUE que declare el carácter contrario al Derecho de la Unión de la norma con rango de ley aplicada; y, finalmente, el requisito de que solo son indemnizables los daños producidos en los cinco años anteriores a la fecha de dicha publicación, salvo que la sentencia disponga otra cosa’

(Juan Ignacio Navas, socio director del despacho Navas & Cusí. Cinco Días, 22 de setiembre del 2022)

Otro ejemplo:

‘Multa ejemplar a España por no transponer la Directiva de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales.

Por primera vez una sentencia del TJUE impone al mismo tiempo a un Estado miembro los dos tipos de sanciones económicas previstas en el artículo 260.3 del Tratado de Funcionamiento de la UE. El carácter provisional del Gobierno español, que no disponía de la mayoría necesaria para aprobar la correspondiente ley orgánica, no justifica el incumplimiento de la obligación de transposición.

El TJUE declara en esta sentencia que España ha incumplido con sus obligaciones de transposición de la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo (Directiva de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales), y, en consecuencia, le impone la condena al pago de 15.000.000 de euros y una multa coercitiva diaria de 89.000 euros.

(Sentencia Tribunal Justicia de la UE, Sala 8, de 25 de febrero de 2021, asunto núm. C-658/19. Garrido, 10 de abril del 2021, blog Corporate Compliance, Newsletters).

Y otro ejemplo:

‘El TJUE multa a España por incumplir la directiva de saneamiento y depuración de aguas residuales.

Condena a España:

La sentencia impone una multa coercitiva de 10.950.000 euros por cada semestre de retraso y una suma a tanto alzado de 12.000.000 de euros (…)’.

(https://www.miteco.gob.es, 25 de julio del 2018)

Podría copiar muchísimos más ejemplos de incumplimientos, pero creo que con estos tres ya es suficiente para ilustrar el carácter del reino español, que se hace ‘el loco’ respecto a la legalidad europea, no asumiendo que la jurisprudencia española quedó en un segundo nivel, disminuida, que perdió su carácter ‘divino’, que aquí le atribuyen.

Y, tristemente, es penoso ver que el reino español siempre acaba prefiriendo pagar, con el dinero de todos, claro. Y esto, a mi modo de ver, es prevaricar, claramente. Pero su fiscalía nunca entra en estos temas.

Contrariamente, cuando el ‘problema’ gira entorno al independentismo catalán, rápidamente salen como cuervos para pedir responsabilidades penales y económicas a nivel personal, como todos sabemos. Esto es su ‘ley del embudo’.

Por todo ello, yo, que soy bastante pesimista, me temo que cuando el Tribunal General de la UE falle sobre la inmunidad de los líderes exiliados, el estado (profundo y superficial) español, incumplirán esa sentencia, y la del TJUE, y, si volviesen Carles Puigdemont y compañía, los secuestrarían y encarcelarían, y recurrirían burocráticamente, para ir pasando los años, y, al final, pagar la multa. Pero el daño y la fotografía ya la tendrían, y eso es lo que busca Pedro Sánchez, claro.

El artículo 432 del código penal reformado, determina que la malversación que hubiera causado un daño grave al servicio público, que el valor causado comporte un perjuicio al patrimonio público superior a los 50.000 euros, etc., merece prisión e inhabilitación.

Pero vemos que Pedro Sánchez, y todo el estado, siguen tan campantes, les es igual ocho que ochenta, se creen impunes. Y vemos que a los medios de comunicación sistémicos no les interesa hacer publicidad ni criticar nada. Todos forman y conforman el núcleo del mal.

Desgraciadamente, la mayoría de la población tampoco está interesada en intentar conocer en profundidad nada. Ya les está bien con el pan y circo que les tiran.

Los independentistas catalanes de base (no las élites), sabemos que los grandes objetivos, como he dicho, requieren esfuerzo y constancia, si queremos conseguir el metafórico oro de la Independencia, como dijo Espinàs, en el acto mencionado al principio de este escrito.

Sabemos que debemos persistir, tozudamente alzados, manifestándonos, pues sabemos que es el único camino, como muestra la moraleja del siguiente cuento:

‘La isla de los inventos

La primera vez que Luca oyó hablar de la Isla de los Inventos era todavía muy pequeño, pero las maravillas que oyó le sonaron tan increíbles que quedaron marcadas para siempre en su memoria. Así que desde que era un chaval, no dejó de buscar e investigar cualquier pista que pudiera llevarle a aquél fantástico lugar.

Leyó cientos de libros de aventuras, de historia, de física y química e incluso música, y tomando un poco de aquí y de allá, llegó a tener una idea bastante clara de la Isla de los Inventos: era un lugar secreto en que se reunían los grandes sabios del mundo para aprender e inventar juntos, y su acceso estaba totalmente restringido. Para poder pertenecer a aquel selecto club, era necesario haber realizado algún gran invento para la humanidad, y sólo entonces se podía recibir la invitación única y especial con instrucciones para llegar a la isla.

Luca pasó sus años de juventud estudiando e inventando por igual. Cada nueva idea la convertía en un invento, y si algo no lo comprendía, buscaba quien le ayudara a comprenderlo. Pronto conoció otros jóvenes, brillantes inventores también, a los que contó los secretos y maravillas de la Isla de los Inventos. También ellos soñaban con recibir ‘la carta’, como ellos llamaban a la invitación. Con el paso del tiempo, la decepción por no recibirla dio paso a una colaboración y ayuda todavía mayores, y sus interesantes inventos individuales pasaron a convertirse en increíbles máquinas y aparatos pensados entre todos.

Reunidos en casa de Luca, que acabó por convertirse en un gran almacén de aparatos y máquinas, sus invenciones empezaron a ser conocidas por todo el mundo, alcanzando a mejorar todos los ámbitos de su vida; pero ni siquiera así recibieron la invitación para unirse al club.

No se desanimaron. Siguieron aprendiendo e inventando cada día, y, para conseguir más y mejores ideas, acudían a los jóvenes de más talento, ampliando el grupo cada vez mayor de aspirantes a ingresar en la Isla.

Un día, mucho tiempo después, Luca, ya anciano, hablaba con un joven brillantísimo a quien había escrito para tratar de que se uniera a ellos. Le contó el gran secreto de la Isla de los Inventos, y de cómo estaba seguro de que algún día recibirían la carta. Pero entonces, el joven inventor le interrumpió sorprendido:

¿Cómo? ¿pero no es ésta la verdadera Isla de los Inventos? ¿no es su carta la auténtica invitación?

Y anciano como era, Luca miró a su alrededor para darse cuenta de que su sueño se había hecho realidad en su propia casa, y de que no existía más ni mejor Isla de los Inventos que la que él mismo había creado con sus amigos. Y se sintió feliz al darse cuenta de que siempre había estado en la Isla, y de que su vida de inventos y estudio había sido verdaderamente feliz’.

(Pedro Pablo Sacristán, https://cuentosparadormir.com)

Este cuento nos recordará, con toda seguridad, el poema de Antonio Machado Ruíz (1875-1939): ‘Caminante no hay camino’

‘Caminante, son tus huellas

el camino y nada más;

Caminante, no hay camino,

se hace camino al andar.

Al andar se hace el camino,

y al volver la vista atrás

se ve la senda que nunca

se ha de volver a pisar.

Caminante no hay camino

sino estelas en la mar’

Debemos tener claro que somos nosotros, sólo nosotros, los que podremos conseguir la Independencia, si la queremos y nos esforzamos, si sumamos suficientes apoyos para forzar a los supuestos líderes independentistas, como pasó en el 2017. Pues, con toda seguridad, se añadirán al carro, no querrán verse apartados y tener que seguir a pie.

Para finalizar viene muy a cuento transcribir la siguiente letra, de una canción de Josep María Espinàs, que he traducido para este artículo:

‘Un día cualquiera

Un día cualquiera

saldrás a la calle

y verás que hace sol

y te encontrarás bien,

y como tienes salud

y no te falta el dinero

pensarás: todo va bien ….

Te engañas, Josep,

te engañas, Lluís;

nadie ha sido todo un día feliz.

Un día cualquiera

porque el cielo está sucio

y recuerdas de golpe

todo aquello que has perdido,

y sientes ronca tu voz

y se muere una flor

pensarás: todo es llanto.

Te engañas, Joaquim,

te engañas Joan;

nadie ha estado todo un día llorando.

Un día cualquiera

es hoy y es mañana

en una mano el ruiseñor,

el escorpión en la otra mano.

Todo es bueno y es malo,

todo es pega y es suerte;

solo mata la muerte …

La vida es esto

y el hombre es así.

Haz el camino tristemente,

haz el camino alegremente,

haz el camino mientras haya camino.