Valencia:
El 25 de abril de 1707 las tropas del rey Borbón Felipe V vencieron a las del archiduque de Austria, en la Batalla de Almansa, lo que comportó la pérdida de las instituciones y leyes, costumbres y fueros propios de Valencia.
Ese día fue recordada como Vetlada Patriòtica (Velada patriótica) del 1918 al 1921, y como Diada de Dol Nacional (Diada de Duelo Nacional), del 1934 al 1936.
Esa derrota fue el inicio de final del bando austriacista, en el marco de la guerra de Secesión. Y entre los vencidos, los maulets; y esa derrota comportó la ocupación del Reino de Valencia por Castilla y la aplicación del derecho de conquista y la imposición de los Decretos de Nueva Planta.
‘En esa guerra, la ciudad de Xativa sufrió el peor castigo (19 de junio de 1707), para borrarla física, histórica y jurídicamente; un castigo ejemplar para atemorizar al resto de los valencianos y propiciara su sumisión delante de las tropas borbónicas, que provocaron el incendio de otras localidades, como Quart de Poblet, Vila-real, etc., pero la de Xàtiva fue un castigo incluso metafórico, como dijo el propio Felipe V:
‘La obstinada rebelión con los que, incluso llegando a la desesperación, resistieron la entrada de mis armas, los vecinos de la ciudad de Xàtiva, para hacer irremisible el crimen de su perjura infidelidad desatendiendo la benignidad con la que en repetidas ocasiones les ofrecí el perdón, empleé mi justicia mandando arruinar para extinguir su memoria, como se ejecutó como castigo de su obstinación, y escarmiento de los que intentasen seguir su mismo error’.
Así, después del sitio de Xàtiva y durante y después del asalto y saqueo, no solo se agredió a la milicia, los maulets y los miquelets que la defendían, si no también la población civil indefensa. En base a los informes que sus generales Berwick y D’Asfeld, Felipe V firmó la orden de incendiar Xàtiva. Unos días antes, los supervivientes capturados fueron deportados a Castilla, tras valorar deportarlos a las Indias. Muchos murieron durante esa deportación.
Durante el incendio, las tropas castellanas que lo ejecutaron, mandadas por el brigadier Chaves, pusieron especial cuidado en la destrucción de los edificios oficiales de la ciudad. Así, el edificio gótico del consistorio xativí quedó completamente en ruinas, y con él, quemaron todos los archivos municipales, de la Governació de Xàtiva (Governaciò dellà lo Xúquer)
Una vez acabado el incendio y despoblada la ciudad, Felipe V dio la orden de crear una nueva y ‘fidelísima’ que se llamó ‘Colonia Nueva de San Felipe’, llenándola con gente nueva castellana, así como algunos xativins que mostraron su fidelidad al rey Borbón.
(…) Las Cortes de Cádiz (1812) recuperaron el nombre de Xàtiva, reiniciando la reconstrucción y repoblación.
Portugal:
‘La Revolución de los claveles (en portugués, Revoluçaö dos Cravos) fue un golpe de estado cívico militar acaecido el 25 de abril de 1974 en Portugal, que provocó el fin del régimen del Estado Novo, que no convocaba elecciones democráticas desde 1925.
(…) El golpe comenzó a las 22:55 horas del 24 de abril, con la conocida canción ‘E depois do Adeus’ de Paulo Carvalho, que había representado a Portugal en el Festival de Eurovisión unos días atrás (…) para que las tropas se prepararan en sus puestos y sincronizaran sus relojes. A las 00:25 horas del 25 de abril, la Radio Renascença transmitió ‘Grândola, Via Morena’, una canción revolucionaria de José Alonso, prohibida por el régimen. Era la señal para ocupar los puestos estratégicos del país, mediante una serie de coordinaciones fijadas por un puesto de mando establecido por el mayor Otelo Saraiva de Carvalho en el cuartel de la Pontinha en Lisboa.
(…) Pese a que desde las 03:00 horas se emitieron continuos llamamientos radiofónicos de los ‘capitanes de abril’ (los oficiales jefes del MFA) a la población, para que permaneciera en sus hogares, y a la policía, para no oponerse a las actividades de las tropas, al amanecer de ese mismo día miles de civiles portugueses ganaron las calles en varias localidades, mezclándose con los militares sublevados. En el transcurso de la madrugada, los militares rebeldes salieron de sus cuarteles y ocuparon los aeropuertos internacionales de Lisboa y Oporto, ordenando el cese de los vuelos en todo el espacio aéreo portugués. Unidades de la marina de guerra se adhirieron a la revuelta y tomaron el control de los puertos del Atlántico, de Madeira y de las Azores.
(…) Uno de los hitos de aquellas concentraciones fue la marcha de las flores en Lisboa, caracterizada por una multitud pertrechada de claveles, la flor de la temporada. Una camarera, Celeste Caeiro, que regresaba a casa cargada de las flores que iban a ser entregadas a los asistentes de un banquete para celebrar el primer aniversario del restaurante de autoservicio ‘Sir’, que fue suspendido por la situación, no pudo dar el cigarrillo que un soldado le pedía desde un tanque en la plaza Rossio (…) Como la joven solo llevaba los manojos de claveles, le dio uno. El soldado la puso en su cañón y los compañeros repitieron el gesto colocándolos en sus fusiles, como símbolo de que no deseaban disparar sus armas, extendiéndose la acción por toda la ciudad, y generando el nombre con que la revuelta pasaría a la historia (…)’
(Fuente: Wikipedia)
Estos dos ejemplos son notables, pues reflejan la importancia de toda población determinada y comprometida con unos ideales, ya sea la defensa de su país, o los deseos de conseguir la libertad y la caída de la dictadura.
Yo soy pacifista, pero tengo claro que hay ocasiones que la situación, como las referidas, requieren valentía, arriesgando incluso la propia vida, si el enemigo es sangriento, como el de Felipe V, o si el primer ministro portugués Marcelo das Neves Alvez Caetano (1906 – 1980) no se hubiera rendido.
También me parece interesante destacar que el principio de ‘cumplir órdenes’, la ‘obediencia debida’, tiene unos límites éticos: el respeto, la justicia, la responsabilidad, la honestidad, la libertad, etc.
El filósofo Immanuel Kant (1724 – 1804) consideró que el hombre debe actuar siguiendo los dictados de su razón, a estos dictados los llamó ‘deber’.
Ahora bien, en el derecho penal clásico se consideraba la obediencia debida como un eximente de responsabilidad penal por delitos cometidos en el cumplimiento de una orden impartida por un superior jerárquico.
‘En las democracias occidentales actuales, las leyes penales han establecido que la obediencia debida no exime de responsabilidad penal cuando el autor material sabía que estaba come tiendo un delito o su ilicitud era manifiesta, como sucede en materia de violaciones de derechos humanos.
La obediencia debida, como eximente de responsabilidad penal, no debe ser confundida con la causal de justificación llamada ‘cumplimiento del deber’, donde el mandato no proviene de una autoridad superior, sino de la ley misma.
(…) Respecto a la eximente de ‘obediencia debida’ (…) varios autores han criticado esta denominación, argumentando que ello implicaría que el ordenamiento jurídico puede establecer un ‘deber de acatamiento absoluto’, aun en caso de órdenes que suponen la realización de hechos delictivos. De acuerdo a los mismos, esta situación resultaría ilógica y contradictoria, pues es un principio universalmente aceptado de derecho, que lo que está ordenado no puede estar al mismo tiempo prohibido y viceversa. Por ello, estos autores prefieren designar a esta eximente como ‘cumplimiento de mandatos antijurídicos’
(…) De acuerdo a la forma en que la obediencia debida se presente en la ley, es clasificable en:
- Obediencia absoluta: en virtud de esta, el subordinado está obligado a cumplir las órdenes lícitas e ilícitas (antijurídicas) que le ha impartido su superior jerárquico. Se subclasifica en:
- Obediencia reflexiva: aquella en que el subordinado posee la facultad de suspender la ejecución de la orden y representar su ilicitud al superior jerárquico, pero en caso de que él insista en su realización, debe cumplirla sin más.
- Obediencia ciega: aquella en que el subordinado carece de la facultad de suspender y representar la orden.
- Obediencia relativa: en virtud de esta, el subordinado está obligado a cumplir solo las órdenes lícitas que le ha impartido su superior jerárquico.
Debido a que la obediencia absoluta ciega no se encuentra contemplada en prácticamente ninguna legislación del mundo, y la obediencia relativa supone casos que quedan al margen del derecho penal (porque son órdenes lícitas), la obediencia debida (como eximente) es una situación que se plantea frente a casos de obediencia absoluta reflexiva.
(…) Es preciso señalar que el subordinado debe cumplir imperado por la orden, no coaccionado por el superior (en cuyo caso se configura una situación eximente por actuar bajo coacción)
(fuente: Wikipedia)
Pido perdón por este largo ‘rollo’, pero me ha parecido necesario e interesante para intentar entender las actuaciones de los sangrientos y violentos soldados Borbónicos de Felipe V, el de las tropas portuguesas mencionadas, pero también, la actuación de la policía nacional y guardia civil españolas reprimiendo agresivamente nuestro referéndum del 1 de octubre del 2017, así como la represión y mentiras para ‘justificar’ sus falsas actuaciones en los juicios contra los independentistas catalanes, pero, claro, no debemos olvidar que éstos, obedeciendo a Felipe VI, actuaron como los que cumplieron las órdenes de su antepasado Felipe V, eso va en su ADN.
Otro ejemplo reciente lo tuvimos con la detención de la eurodiputada Clara Ponsatí, por parte de los Mossos (la policía autonómica), a pesar de explicarles su condición e inmunidad, por eso Ponsatí respondió en su twitter: ‘Esconderse detrás de una orden de detención ilegal no hace legal vuestra actuación ni excusa vuestra cobardía. Lamentable el numerito que organizasteis delante de los periodistas, sin ninguna necesidad más que mostrar al amo que sois obedientes’.
En la rueda de prensa tras la reunión del gobierno de la Generalitat, este mediodía (25 de abril), la portavoz Patrícia Plaja ha dicho que ‘el gobierno no hará ninguna interferencia en los Mossos d’Esquadra cuando está en funciones de policía judicial’.
Está claro que todo depende del listón que cada uno se pone, se autoimpone, por decisión racional o por miedo. Eso ya lo determinará en su momento la justicia europea, pues la que nos imponen aquí, no es confiable en absoluto, pues es parcial por primar la unidad de la patria y la corona de su amo, sobre todos los demás derechos.
Pero, a mi modo de ver, el gobierno de Pere Aragonès realmente hubiera podido actuar de una forma menos servil, teniendo argumentos legales tan contundentes, como es el caso. Pero Aragonès prefirió aplicar la obediencia ciega.
Y es triste ver que ayer, Marta Vilalta, la portavoz de ERC, contestase a Clara Ponsatí poniéndose medallas por haber conseguido la reforma del código penal pactada por ERC, y que gracias a ello, Ponsatí pudo volver; pero, además de esta falsa aseveración (pues la modificación fue una exigencia europea), Vilalta comentó que: ‘plantar cara a jueces como Llarena es una manera de confrontar con la justicia española y evidenciar las contradicciones, y esa es la estrategia que adoptó la consejera de exteriores, Meritxell Serret, cuando decidió volver de Bélgica’ (esa misma fórmula adoptó Anna Gabriel de la Cup, para volver de Suiza.
Es vergonzoso que ERC plantee en un mismo nivel de confrontación el que sigue Clara Ponsatí, no reconociendo al juez Llarena como el legalmente establecido; y, las actuaciones que han seguido Gabriel y Serret, reconociéndolo.
A mi me parece evidente que toda confrontación, si se limita a la mera comparación, a exponer una idea o acción frente a otra, es decir, si se limita al mero dialogo o contraposición de soliloquios, dentro de un marco establecido, no comporta ningún tipo de riesgo, salvo en un régimen dictatorial. Pero, romper ese marco establecido, es una situación totalmente diferente. Y a mi modo de ver, aceptar el marco en cuestión, es un mero ejercicio de concertación, que es el antónimo de la confrontación.
En todos los conflictos hay múltiples opciones, como los mencionados maulets y miquelets en Valencia, o como los soldados que acogieron los claveles en Portugal. Por el contrario, también está la opción de los habitantes de Xàtiva que decidieron servir a Felipe V, y la de los policías que actuaron y actúan ciegamente contra los independentistas catalanes, siendo sumisos a Felipe VI. Y, entre ambos extremos, están los que se quieren neutros, descafeinados, y obedecen ciega y acríticamente al poder que consideran superior.
Es importante resaltar que la determinación de la población es decisiva, sacrificándose, como en Almansa y Xàtiva, etc., y en Portugal en la revolución mencionada, y, salvando las enormes distancias en la graduación, con la población que defendimos las urnas el 2017.
Y a veces, las casualidades, los pequeños detalles, como el de la joven florista portuguesa, Celeste Caeiro, y el del soldado del cañón, siendo el primero en poner el clavel en el cañón, son importantes, pues a veces, esos pequeños detalles actúan, sorpresivamente, como verdaderos detonadores que la multitud reproduce de forma mimética y rápida.
Pero ese detonante, esa chispa, precisa que haya oxígeno, pues sin él, no se produce ninguna llama. Por eso, los manifestantes de base seguimos manteniendo el caldo de cultivo para que, en su momento, se produzca la chispa, que bien podría ser, por ejemplo, el retorno de Carles Puigdemont, libre e inmune; o su detención conseguida truculentamente por el reino español.
Y, en definitiva, como dice la citada canción convertida en himno: ‘Grândola, Vila Morena’, ‘o povo é quem mais ordena’, es decir, que el pueblo manda y debería mandar. Y eso deberían asumirlo los que ostentan el poder, acorazados por sus leyes fruto de una transición armada, como la española. Y, evidentemente, nunca, y nunca es nunca, debemos olvidar nuestra historia, ni perdonar a nuestros enemigos.