• Establece que la pena por violencia a través de interpósita persona aumenta hasta en una tercera parte
• Modifica por 452 votos la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los códigos Civil Federal y Penal Federal
• Citan a sesión a sesión presencial, el martes 5 de diciembre
La Cámara de Diputados aprobó, por 452 votos a favor, el dictamen a la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de los códigos Civil Federal y el Penal Federal, en materia de violencia a través de interpósita persona o violencia vicaria.
El documento, remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, define y tipifica la violencia a través de interpósita persona como cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato; o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora. Lo anterior aplica incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio.
Contempla las conductas a través de las cuales se manifiesta dicha violencia, como son: amenazar con causar daño a las hijas e hijos; amenazar con ocultar, retener, o sustraer a hijas e hijos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia; utilizar a hijas y/o hijos para obtener información respecto de la madre, promover, incitar o fomentar actos de violencia física de hijas y/o hijos en contra de la madre, así como incitar o fomentar actos de violencia psicológica que descalifiquen la figura materna afectando el vínculo materno filial.
También, ocultar, retener o sustraer a hijas y/o hijos, además de familiares o personas allegadas, interponer acciones legales con base en hechos falsos o inexistentes, en contra de las mujeres para obtener la guarda y custodia, cuidados y atenciones o pérdida de la patria potestad de las hijas y/o hijos en común, y condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a las mujeres y a sus hijas e hijos.
Argumenta que, en materia de violencia a través de interpósita persona, el Estado mexicano tendrá la misma responsabilidad de promover, respetar, proteger y garantizar, desde una perspectiva de género, los derechos humanos de las mujeres, sus hijas e hijos, que se encuentren o residan fuera del país, con base en los mecanismos legales del Servicio Exterior Mexicano.
Los poderes legislativos, Federal y locales, en el ámbito de sus competencias, tipificaran el delito de violencia a través de interpósita persona, es decir será causal de divorcio, perdida de patria potestad y restricción para el régimen de visitas, así como impedimento para la guarda y custodios de niñas, niños y adolescentes, añade.
Redefine la figura de la violencia familiar como el acto abusivo de poder u omisión intencional dirigido a dominar, someter, controlar o agredir física, verbal, psicoemocional, patrimonial, económica o sexual a cualquier integrante de la familia dentro o fuera del domicilio familiar, independientemente de que pueda producir o no lesiones, así como el incumplimiento de las obligaciones alimentarias por parte de la persona obligada a cumplirlas.
Prohíbe el ejercicio de la violencia a través de interpósita persona y la pena para el delito de violencia se aumentará hasta en una tercera parte cuando se cometa a través de interpósita persona.
El dictamen da justicia a las mujeres
En la fundamentación, la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, diputada Julieta Kristal Vences Valencia (Morena), expresó que se busca dar justicia a las mujeres a las que se les han arrebatado de su lado a sus hijas e hijos, a quienes los agresores han buscado lastimar y vulnerar incitando al odio y al rencor a través de sus hijas e hijos, y a las mujeres que han padecido de la violencia institucional del Estado y les han adjudicado delitos falsos para que pierdan la guardia y custodia de sus hijos.
También es justicia para las mujeres que han clamado por sus derechos y a quienes se les ha obligado o condicionado a seguir viviendo al lado de su agresor, para las mujeres víctimas de violencia vicaria. “El dictamen –subrayó– es el resultado de un largo trabajo al que se sumaron ciento de mujeres valientes y alzaron la voz de ninguna mujer más víctima de violencia”.
Reconoció a los frentes que defienden a las mujeres, a las colectivas, a la sociedad civil y a las víctimas. “Les digo que la Cámara de Diputados las ha escuchado; hoy hacemos suya esta lucha porque nos duele y lastima que las mujeres hayan tenido que pasar por este tipo de violencia. Que ninguna mujer más vuelva a sufrir ningún tipo de violencia, muchos menos vicaria”.
Vences Valencia afirmó que hoy se da un paso mayor y fundamental para la agenda feminista, ya que finalmente las mexicanas tendrán este instrumento para que se haga justicia mediante la tipificación y el castigo a aquellas personas que ejerzan violencia vicaria o violencia a través de interpósita persona.
Aplaudió que se haya incluido que la patria potestad pueda ser limitada cuando una persona ejerza violencia a través de otra, e incluso se mandata a los congresos locales para que en sus marcos jurídicos se establezca que cuando un agresor sentenciado pierda este derecho a la patria potestad este derecho de ninguna manera pueda recuperarse.
Robustecer el marco normativo
La diputada Aleida Alavez Ruiz (Morena) subrayó que el dictamen busca robustecer el marco normativo para prevenir y sancionar este tipo de violencia, y garantizar el respeto de los derechos de las mujeres y el derecho superior de la niñez.
También propone incrementar las penas previstas por violencia familiar hasta en una tercera parte a quien la cometa, de esta manera se visibiliza la violencia ejercida contra las mujeres a través de sus hijas, hijos, familiares o personas allegadas, porque “Morena está a favor de prevenirla, atenderla, sancionarla y erradicarla”.
Incentivar la cultura de la denuncia
María del Rocío Corona Nakamura, diputada del PVEM, destacó la importancia de incentivar la cultura de la denuncia y erradicar la vieja práctica del silencio, ya que el daño ocasionado a la mujer por la violencia interpósita es irreversible. “El espíritu de la reforma es proporcionar a la mujer un entorno de paz”.
Se congratuló por tipificar el delito de violencia a través de interpósita persona. “La violencia vicaria debe ser visibilizada porque utiliza a hijas a hijos como instrumentos para dañar a la mujer, con el único fin de causar dolor, angustia y desesperación”.
Visibilizar violencia vicaria
María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada de MC, expresó que para las mujeres la violencia nunca será la vía para resolver los problemas que existen en las parejas; la violencia familiar constituye una grave violación a los derechos humanos de las mujeres, ya que son daños que en muchas ocasiones son de imposible reparación por la gravedad de lo que resultan; siempre habrá secuelas.
Añadió que si bien la legislación reconoce diferentes tipos de violencia hacia las mujeres, hoy se hace referencia a un tipo que no se encuentra en el marco jurídico; por ello, se propone visibilizarla. Estas reformas dan la posibilidad de que estén en la ley, con consecuencias y visibilizar esta problemática.
Cita para la próxima sesión
La presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Marcela Guerra Castillo, informó que, en términos de lo dispuesto por los artículos 100, 102 y 299 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y las proposiciones iniciativas contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
Enseguida, levantó la sesión y citó para la que tendrá lugar el próximo martes 5 de diciembre de 2023, a las 11:00 horas, en modalidad presencial.