- El Congreso mexiquense aprobó la iniciativa de la diputada Yesica Rojas para promover el acceso y uso seguro del internet, estímulos para la creación de contenidos e innovaciones para el autoempleo.
- Con la reforma se incorporará, entre los derechos económicos de este sector, el de generar e innovar mecanismos digitales para autoemplearse.

A propuesta de la diputada Yesica Yanet Rojas Hernández (morena), el Congreso mexiquense avaló por unanimidad reformas para establecer como derecho cultural de las juventudes la inclusión digital, mediante el acceso y uso seguro del internet, así como la promoción de la alfabetización digital y uso responsable de las tecnologías, aunado a estímulos para la creación de contenidos.
Con esta reforma se incorporará, entre los derechos económicos de este sector, el de generar e innovar mecanismos digitales para auto emplearse, y establecerá que las políticas públicas impulsarán y apoyarán un sistema de información digital que permita a jóvenes, incluyendo a la población LGBTTTIQNB+ (Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgénero, Travesti, Transexuales, Intersexual, Queer, No Binario y más), a crear, acceder, procesar, intercambiar y difundir información útil para su desarrollo profesional y humano, de manera libre, segura y responsable.
De acuerdo con el dictamen de reforma a la Ley de la Juventud estatal, elaborado por la Comisión de la Juventud y el Deporte, de la LXII Legislatura mexiquense, se contará con estímulos, concursos, becas o programas para fomentar y reconocer la creación de contenidos culturales, artísticos, educativos o sociales, elaborados por jóvenes en plataformas digitales.
El documento, expuesto por la legisladora proponente, detalla que las personas jóvenes tendrán derecho a la inclusión digital y a la promoción de la diversidad cultural, mediante el acceso y uso seguro y responsable del internet como medio efectivo para ejercer sus derechos, de conformidad con los principios de interdependencia, equidad, asequibilidad, disponibilidad, accesibilidad, progresividad, calidad y la no discriminación, prevaleciendo el respeto a su orientación sexual, identidad y expresión género de todas las personas.
Esta reforma establece la definición de medios digitales, como sitio web o aplicación, cuya función principal es difundir información generada por sus propios usuarios como textos, datos, voz, imágenes, vídeos, música, sonidos o una combinación de estos, con la finalidad de interactuar, informar, entretener o educar; de inclusión digital, como el proceso mediante el cual se garantiza el acceso equitativo, seguro y efectivo a las tecnologías de la información y la comunicación, incluyendo infraestructura, dispositivos, conectividad, habilidades digitales y contenidos pertinentes.
Así como el de derechos digitales, como el conjunto de derechos humanos aplicados en entornos digitales, como el acceso a internet, la libertad de expresión, la protección de datos personales y la privacidad en línea; y el de la cultura digital, como el conjunto de prácticas culturales, sociales, artísticas y educativas que se desarrollan y expresan en entornos digitales, mediante tecnologías de la información