– Permitiría sancionar con mayor proporcionalidad incrementando el costo jurídico para quien comete la conducta criminal
“El acecho no es un acto aislado, es un patrón, un mecanismo de control que permite al agresor conocer las rutinas, los espacios, la vulnerabilidad de la víctima, es una antesala de los delitos más violentos que se presentan en nuestro país”, aseguró la diputada Emma Álvarez Villavicencio, al presentar la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de México, con el objetivo de incluir la conducta del acecho como circunstancia agravante en los delitos de homicidio, hostigamiento sexual, acoso sexual, abuso sexual, violación y feminicidio.
La reforma propuesta conjuntamente con el coordinador parlamentario de Acción Nacional, Pablo Fernández de Cevallos González, plantea la adición a los artículos 242 fracción VI, 269 párrafo I, 269 Bis párrafo I, 270 BIS fracción V, 274 fracción IX del Código Penal del Estado de México.
La propuesta establece que cuando un homicidio, una violación, un abuso sexual o un acto de hostigamiento ocurre después de un patrón probado de acecho, la ley se reconozca como circunstancia agravante, ya que la prevención sí salva vidas y la justicia temprana sí evita agresiones, ya que el Estado debe de actuar antes, no después.
Al proponer el acecho como circunstancia agravante, permite sancionar con mayor proporcionalidad incrementando el costo jurídico para quien comete el ilícito y envía un mensaje social de tolerancia cero frente a conductas que menoscaban la libertad y seguridad personal, reconoce el daño psicológico prolongado que sufre la víctima además, esta reforma permitiría al sistema penal prevenir la reincidencia, ya que el acecho es una conducta que suele repetirse hasta que se traduce en una agresión física o sexual consumada.