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Modifica Cabildo artículos del Reglamento Orgánico Municipal

El Cabildo aprobó por unanimidad reformar las fracciones IV y VI del artículo 8.7, así como las fracciones II y III, y adicionar la fracción IV, del artículo 8.8 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal.
La medida establecerá atribuciones claras y precisas para la Coordinación de Enlace Jurídico de Planeación Territorial, Desarrollo Urbano, Movilidad y Accesibilidad Universal, y para la Coordinación de Enlace Jurídico de Obra Pública, ambas pertenecientes a la Secretaría de Planeación Urbana y Obras Públicas.
De esta forma, estas áreas podrán elaborar y dar seguimiento a los procedimientos administrativos comunes, delimitando cada una sus funciones específicas, así como establecer de qué manera coadyuvan con la Secretaría de Asuntos Jurídicos.
La resolución tuvo lugar durante la Nonagésima primera sesión ordinaria de Cabildo.