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Cámara de Diputados da trámite de publicidad a dictámenes sobre maíces nativos e hidrocarburos

  • Además, a la propuesta para inscribir en letras de oro la leyenda “A la Comunidad Mexicana Migrante” y la reforma en materia de Movilidad y Seguridad Vial

En sesión matutina, el Pleno de la Cámara de Diputados conoció para trámite de declaratoria de publicidad cuatro dictámenes en materia de conservación y protección de los maíces nativos, Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, inscripción en letras de oro de la leyenda “A la Comunidad Mexicana Migrante” y de reformas a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

Maíces nativos

El primer dictamen, de la Comisión de Puntos Constitucionales, modifica los artículos 4º y 27 de la Constitución Política, en materia de conservación y protección de los maíces nativos, y es producto de una iniciativa enviada por la presidenta de la República.

Establece que México es centro de origen y diversidad del maíz, que es un elemento de identidad nacional, alimento básico del pueblo de México y base de la existencia de los pueblos indígenas y afromexicanos. Su cultivo en el territorio nacional debe ser libre de modificaciones genéticas producidas con técnicas que superen las barreras naturales de la reproducción o la recombinación, como las transgénicas.

Considera que todo otro uso del maíz genéticamente modificado debe ser evaluado en los términos de las disposiciones legales para quedar libre de amenazas para la bioseguridad, la salud y el patrimonio biocultural de México y su población. Debe priorizarse la protección de la biodiversidad, la soberanía alimentaria, su manejo agroecológico, promoviendo la investigación científica-humanística, la innovación y los conocimientos tradicionales.

Además, el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural, cultural, económico y de salud, con el propósito de generar cultivos tradicionales con semillas nativas, en especial el sistema milpa, para el óptimo uso de la tierra libre de cultivos de maíz genéticamente modificado, en los términos definidos en el artículo 4º, con investigación, innovación, conservación de la agrobiodiversidad y asistencia técnica, fortaleciendo las instituciones públicas nacionales.

Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos

De las comisiones unidas de Energía y de Hacienda y Crédito Público, se conoció el dictamen que reforma la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, para actualizarla y armonizarla con el texto de la reforma constitucional en materia de áreas y empresas estratégicas.

Reconoce el Derecho Petrolero para el Bienestar, con el cual se reemplazará el esquema fiscal actual de Pemex, con un modelo de tasa única sobre los ingresos brutos del asignatario, ajustado según la región fiscal y el precio del petróleo, dando como resultado que la contraprestación pagada por Pemex sea previsible y transparente, vinculando su base gravable únicamente al precio y la producción de hidrocarburos.

La incorporación del concepto de “Área unificada” permitirá un mejor manejo de los yacimientos compartidos, lo que redundará en una extracción más eficiente de los hidrocarburos del país, y la del concepto “Condición Base” cederá un mejor control para la medición y verificación de los hidrocarburos.

Se sustituye las referencias de Ley de Hidrocarburos por Ley del Sector Hidrocarburos, Comisión Nacional de Hidrocarburos por Secretaría de Energía, Empresas Productivas del Estado por Empresas Públicas del Estado, y Del Derecho por la Utilidad Compartida por Del Derecho Petrolero para el Bienestar. Además, deroga las referencias sobre Del Derecho de Extracción de Hidrocarburos y Del Derecho de Exploración de Hidrocarburos.

Leyenda “A la Comunidad Mexicana Migrante”

El dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, propone inscribir en letras de oro en el muro de honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo, la leyenda “A la Comunidad Mexicana Migrante”, como reconocimiento a la gran labor y esfuerzo de las personas mexicanas migrantes.

La finalidad es reconocer a uno de los grupos más marginados en todas las sociedades y que enfrenta dificultades excepcionales en el disfrute de sus derechos humanos. Es un acto de justicia reconocer los derechos que asisten a las personas mexicanas migrantes, las buenas prácticas derivadas de la movilidad de personas y la constante formulación de estrategias para proteger a la comunidad mexicana residente en el extranjero.

Hace mención que los derechos de los migrantes son derechos humanos, por lo que gobiernos, comunidades, empleadores y particulares deben esforzarse más por hacerlos valer y protegerlos, así como emprender acciones que hagan realidad para las personas migrantes los derechos establecidos en las normas internacionales.

Los principios son el reconocimiento de los derechos establecidos en las normas internacionales a las personas migrantes, a su trabajo, esfuerzo, solidaridad y buen ejemplo cívico, su contribución y méritos a la divulgación de la cultura y tradiciones mexicanas; por haber propiciado la integración armónica con otras sociedades, por sus aportaciones económicas у por su legado patriótico de solidaridad y compromiso con las generaciones presentes y futuras de mejores condiciones de vida.

Accesibilidad de las personas con discapacidad

El cuarto dictamen, de la Comisión de Movilidad, adiciona un párrafo segundo a la fracción XVII del artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a efecto de mejorar la accesibilidad de las personas con discapacidad o movilidad limitada.

Se busca establece que los municipios procuren que, progresivamente, todas las entradas a lugares y espacios públicos que cuenten con estacionamiento dispongan de cajones ubicados lo más cerca posible a las entradas principales, con un acceso fácil y rápido para las personas con discapacidad o con movilidad limitada, los cuales serán identificados con el pictograma que corresponda, y que nuevas construcciones garanticen estas características.

La propuesta coincide con los derechos y principios reconocidos por la Constitución Política y las leyes reglamentarias, así como con los diversos compromisos internacionales del Estado mexicano en materia de derechos de las personas con discapacidad y del derecho a la movilidad.

Refiere que la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad considera a la accesibilidad universal como un derecho, por lo que debe asegurarse progresivamente la infraestructura básica, equipamiento o entorno urbano y los espacios públicos.