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Comisión de Seguridad Social aprobó dos dictámenes en materia de adopción y de cuidado y desarrollo integral

• También avaló dos opiniones a iniciativas

• Acordó tener una reunión con los titulares del Insabi y el ISSSTE

La Comisión de Seguridad Social, presidida por la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (Morena), aprobó dos dictámenes en materia de adopción y de servicios de cuidado y desarrollo integral.

El primer dictamen reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Define en la Ley del Seguro Social a la Familia de Acogimiento Pre-adoptivo como aquélla distinta de la familia de origen y de la extensa que acoge provisionalmente en su seno a niñas, niños y adolescentes con fines de adopción y que asume todas las obligaciones en cuanto a su cuidado y protección, de conformidad con el principio del interés superior de la niñez.

Establece que tendrán seguro de enfermedades y derecho guardería las y los menores que se encuentren acogidos por el asegurado o pensionado durante el proceso de adopción, bajo la figura de Familia de Acogimiento Pre-adoptivo.

En cuanto a la Ley del ISSSTE, indica que serán derechohabientes y tendrán acceso a servicios de salud en caso de enfermedad, los menores de 18 años que se encuentren acogidos por el trabajador o pensionado durante el proceso de adopción bajo la figura de Familia de Acogimiento Pre-adoptivo.

Al respecto, la diputada Cisneros Luján resaltó que este dictamen otorga derechos a los menores que se encuentran acogidos por el asegurado o pensionado durante el proceso de adopción bajo la figura de Familia de Acogimiento Pre-adoptivo.

La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI) dijo que las familias de acogimiento, al asumir las obligaciones en cuanto al cuidado y protección, tratándose de menores de edad, se debe priorizar el principio del interés de la niñez que garantice el bienestar en el cumplimiento de todos los derechos para su pleno desarrollo.

El segundo dictamen reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de servicios de cuidado y desarrollo integral.

El documento indica que el cuidado y desarrollo integral infantil tiene por objeto garantizar el acceso de niñas y niños hijos de trabajadoras y trabajadores, a servicios de cuidado en condiciones de igualdad, calidad, calidez, seguridad y protección adecuadas, que promuevan el ejercicio pleno de sus derechos durante la jornada laboral.

Estos derechos se reconocen en cualquier caso de niñas y niños cuya responsabilidad de cuidado y crianza tengan legalmente las trabajadoras y los trabajadores. Además, tendrán acceso a ellos niñas y niños con independencia de que la jornada laboral de su madre o padre sea matutina, diurna o nocturna.

Señala que niñas y niños tienen derecho a recibir los servicios de cuidado y desarrollo integral infantil en condiciones de calidad, calidez, seguridad, protección y respeto a sus derechos, identidad e individualidad con el fin de garantizar el interés superior de la niñez.

Además, el Instituto garantizará que la prestación de los servicios de cuidado y desarrollo integral infantil se oriente a lograr la observancia y el ejercicio de los siguientes derechos de niñas y niños:

A un entorno seguro, afectivo y libre de violencia, al cuidado y protección contra actos u omisiones que puedan afectar su integridad física o psicológica, a la atención y promoción de la salud, a recibir la alimentación que les permita tener una nutrición adecuada, orientación y educación apropiada a su edad, para lograr un desarrollo físico, cognitivo, afectivo y social hasta el máximo de sus posibilidades, así como a la comprensión y el ejercicio de sus derechos.

También, derecho al descanso, al juego y al esparcimiento, a la no discriminación, a recibir servicios de calidad y con calidez por parte de personal apto, suficiente y que cuente con formación o capacidades desde un enfoque de los derechos de la niñez; a participar, ser consultado, expresar libremente sus ideas y opiniones sobre los asuntos que les atañen y a que dichas opiniones sean tomadas en cuenta.

Los servicios de cuidado y desarrollo integral infantil contemplarán al menos las siguientes actividades: Protección y seguridad, supervisión e inspección efectiva en materia de protección civil, fomento al cuidado de la salud, atención médica en caso de urgencia, la cual podrá brindarse en el centro de atención o a través de instituciones de salud públicas o privadas, así como alimentación adecuada y suficiente para su nutrición, fomento a la comprensión y ejercicio de los derechos de niñas y niños.

Asimismo, descanso, esparcimiento, juego y actividades recreativas propias de su edad, apoyo al desarrollo biológico, cognoscitivo, psicomotriz y socioafectivo, enseñanza del lenguaje y comunicación, información y apoyo a los padres, tutores o quienes tengan la responsabilidad del cuidado o crianza, para fortalecer la comprensión de sus funciones en la educación de niñas y niños, así como implementar mecanismos de participación de los padres de familia o de quien ejerza la tutela de niñas y niños, respecto de su educación y atención.

El dictamen también señala que los servicios serán proporcionados por el Instituto en los términos de la presente ley, la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, las disposiciones en materia de seguridad y protección civil que establezcan las autoridades competentes, y las normas que al efecto expida el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y el Consejo Técnico del Instituto.

De igual forma, indica que el Instituto establecerá las medidas necesarias para que niñas y niños con discapacidad accedan a los servicios de cuidado y desarrollo integral infantil.

Precisa que las trabajadoras y trabajadores, así como sus hijas e hijos tienen derecho a estos servicios, desde el momento de darse de alta en el Instituto y hasta cuatro semanas posteriores en caso de causar baja en el mismo, pudiendo continuar niñas y niños bajo las modalidades y lineamientos que se establezcan para tal fin.

Sobre este dictamen, la presidenta de la Comisión mencionó que este proyecto propone, como parte del objeto del ramo de cuidado y desarrollo integral infantil, garantizar el acceso de niñas y niños hijos de trabajadoras y trabajadores a servicios de cuidados en condiciones de igualdad, calidad, calidez, seguridad y protección adecuada que promuevan el ejercicio pleno de sus derechos durante la jornada laboral.

Opiniones

La primera opinión aprobada es a la iniciativa que reforma las leyes General de Salud y del Seguro Social, en materia de facultades de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed), presentada por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) y suscrita por diputadas y diputados integrantes de ese grupo parlamentario.

La diputada Cisneros Luján dijo que esta iniciativa propone incorporar un capitulo 3 Bis denominado “De la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y la queja médica”, con la finalidad de establecer como facultad de la Conamed la protección de los derechos de los usuarios y de los prestadores de servicios en atención médica.

Otra opinión es a la iniciativa que reforma los artículos 29 de la Ley General de Salud y 90 de la Ley del Seguro Social en materia de abasto de medicamentos, presentada por la diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (Morena).

La presidenta de la Comisión comentó que el valor de esta iniciativa tiene que ver con que se pueda tener un sistema único nacional de registro de la cadena de abasto, y entonces se pueda diagnosticar, conocer y, por lo tanto, coadyuvar a solucionar los problemas.

A su vez, la diputada Armendáriz Guerra indicó que el abasto de medicamentos ha sido un problema recurrente, por lo que propone implementar un proceso que vigile desde la demanda hasta la llegada final del medicamento al último consumidor.

Del PAN, la diputada Carmen Rocío González Alonso dijo que la propuesta es un buen inicio; sin embargo, queda muy apartado de cómo se hará para las comunidades más alejadas. “No creo que la falta de medicamentos sea por un tema de distribución, simplemente no lo hay, y creo que eso es lo que se debe atacar primero”.

También del PAN, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, señaló que ya sea por logística, falta de compra de medicamentos o de distribución no apropiada, lo que es un hecho es que no hay medicamentos.

Asuntos generales

En la reunión se informó de la realización de los siguientes foros: “Estrategias para la prevención y atención universal del cáncer de pulmón”, “Reflexiones para fortalecer la coordinación entre instituciones de salud para avanzar en el acceso universal” y “Economía de la salud para la evaluación de tecnologías y las herramientas a utilizar”.

Además, las y los integrantes de la Comisión avalaron invitar a una reunión de trabajo de manera presencial, al titular del Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el próximo 22 de agosto.