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Complejidad y dudas sobre ERC: efectividad de Pere Aragonès y funcionalidad de las JERC

Amadeo Palliser Cifuentes
amadeopalliser@gmail.com

La actual situación política catalana y española es altamente compleja y, en este escrito, me centro en dos aspectos concretos, que he citado en el título.

Es evidente que toda situación política es compleja y variante, y no puede ser analizada de forma global, ya que se precisa un análisis detallado, pormenorizado, que requiere mucha información y espacio para exponerla.

Y es cierto que la ciudadanía, con mayor o menor información, en las consecutivas elecciones, avala o no, con su voto, los programas electorales, las promesas e ilusiones que intentan difundir los respectivos líderes.

Por eso, en este escrito no intento efectuar un estudio de la evolución de ERC, tras el referéndum del 2017; y sólo me centro en dos aspectos, que me parecen importantes, en este momento.

1 – La efectividad de Pere Aragonès.

Es evidente que Pere Aragonès, en sus poco más de 3 años de president de la Generalitat, se ha aplicado a intentar implementar el programa electoral de su partido político (ERC), por lo que la efectividad de su gestión tiene una responsabilidad compartida, pero él es el máximo responsable, para bien y para mal.

Ahora bien, yo quiero centrarme en dos acciones políticas, estratégicas, que sí que dependieron, exclusivamente, de la decisión de Pere Aragonès, pues fueron fruto de su estricta voluntad, como es propio en todas las democracias.

En primer lugar, me parece relevante la destitución de Jordi Puigneró Ferrer (Junts) como vicepresidente y conseller de políticas digitales y territorio del gobierno de la Generalitat; cese que se produjo el 29 de setiembre del 2022, por divergencias políticas entre ERC y Junts, lo que comportó, posteriormente, la salida de Junts del gobierno de coalición con ERC.

Entre las principales iniciativas de Puigneró destacan el despliegue de la fibra óptica, la agencia de ciberseguridad, lanzamiento de nanosatélites, la regulación del teletrabajo durante el Covid, etc.; y durante su gestión, fue un político con una notable valoración popular.

El motivo que alegó Pere Aragonès para cesarlo, fue ‘la importante pérdida de confianza’, porque durante el debate de política general efectuado dos días antes, no le informó que Junts le exigiría que convocase una cuestión de confianza dadas las desavenencias entre los socios del gobierno.

Así, Puigneró fue la cabeza de turco, que pagó las desavenencias.

Pere Aragonès comentó, días después, que ‘fue una decisión que me dolió, pero del todo necesaria para reforzar el gobierno’.

Junts valoró la gestión de Puigneró como ‘impecable, leal y solvente’, y en cuanto a la decisión de Aragonès consideró que ‘había vulnerado el acuerdo de investidura, esa decisión es un error histórico que pone en peligro la continuidad del proyecto independentista’.

Tras una reunión de Pere Aragonès con la ejecutiva de su partido de ERC, y otra con Jordi Turull y Laura Borràs (de Junts), comentó que ‘la decisión es arriesgada, porque puede motivar el divorcio definitivo del ejecutivo, pero deseo que Junts continúe formando parte del gobierno, porque considero que la labor del último año es buena’.

La consecuencia de ese cese, fue la consulta organizada por Junts, a sus militantes, los días 6 y 7 de octubre del 2022, sobre la conveniencia o no de seguir formando parte del gobierno de coalición. Y, de los 6.465 militantes, participaron el 79,18% en la votación, y el resultado fue que el 55,73% votó a favor de no continuar en el gobierno, el 42,39% votaron seguir en él, y el 1,88% votaron en blanco.

Por lo que, Junts abandonó el gobierno, que pasó a ser monocolor de ERC.

No me parece el momento para valorar esa consulta, pues podría destacar las mismas objeciones que las que planteé, en un anterior escrito, sobre la efectuada por ERC.

Pero sí que me parece preciso destacar la confusión de Pere Aragonès, ya que cesó a su vicepresidente, no por su ineficacia en el gobierno, si no, por la pérdida de confianza, por no haberle informado, previamente, de una decisión de Junts; así, lo que Aragonès consideró ‘falta de lealtad’ presuponía que Puigneró debía haber traicionado a su partido, publicitando su estrategia.

Aragonès también faltó a los acuerdos previos para su investidura, que se basaban en el pacto y reparto de carteras en su futuro gobierno. Y claro, romper ese pacto, de forma unilateral, comportaba sus riesgos, como el propio president sabía. Pues es lógico, en todo gobierno de coalición, que tanto su composición como modificación, requiere pactos. No decisiones unilaterales, por más facultades legales que tenga el president.

En segundo lugar, me parece destacable, la decisión de anticipar las elecciones autonómicas al 12 de mayo de este 2024, decisión que adoptó Pere Aragonès al ver que no obtenía los votos para sacar adelante los presupuestos generales del 2024.

Esa votación a las enmiendas a la totalidad, presentadas por Junts, Cup, Comunes, Ciudadanos, PP y Vox, obtuvieron 68 votos, contra los 67 de ERC y PSC.

Pere Aragonès, tras haber repetido en infinidad de ocasiones que no adelantaría las elecciones, que sería el primer ejecutivo en concluir su mandato, tras muchos años de elecciones anticipadas, finalmente, tomó la decisión de adelantarlas, comentando que ‘hay que asumir la responsabilidad ante la irresponsabilidad y bloqueo, para no depender de la irresponsabilidad de los que ponen por delante sus intereses de partido y por el convencimiento de que la política va de responsabilidad, pues ha habido vetos y líneas rojas contra la población de Catalunya’

Aragonès había firmado un pacto presupuestario con el PSC, pero después no consiguió los apoyos suficientes, después de intentar negociar con los Comunes, Junts y la Cup.

Obviamente, priorizar en las negociaciones al PSC, y dejar en un plano complementario y subordinado a sus exsocios de Junts, fue una falta de visión estratégica. Como lo fue desconsiderar, también, a la Cup, dolida y resentida por haber incumplido Aragonès el pacto de investidura con ese partido, que había puesto como condición que, a la mitad del mandato, el ejecutivo afrontase una moción de confianza.

Es lógico que incumplir los acuerdos de investidura, ya sea el de la composición del gobierno, como la moción de confianza, tiene sus efectos, y ha de ser así, por responsabilidad.

Obviamente, Aragonès tenía argumentos para sus decisiones, pues toda vida (privada y profesional) comporta blancos, negros y grises; pero, a mi modo de ver, los acuerdos han de ser prioritarios ya que, al incumplirlos, cae todo.

Pero un líder, asimismo, ha de tener los conocimientos y la empatía precisa, para saber valorar el momento de cada decisión, y la primera, es decir, el cese del vicepresidente, facilitaba a ERC tener un ejecutivo monocolor, con dos años por delante, con la posibilidad de realizar su política y ponerse todas las medallas del mundo mundial; en cuanto al adelanto de las elecciones, siempre son un riesgo (incluso para el tahur Pedro Sánchez), y a Pere Aragonès, como a Emmanuel Macron, no les fue bien, ya que la evolución, la tendencia de votos y las encuestas, no les garantizaba el éxito y, aún así, decidieron adelantar las elecciones.

Es una muestra de responsabilidad política convocar elecciones, si no te aprueban los presupuestos generales, pero, siempre ha de haber una previa gestión, inteligente y honesta, de negociación para llegar al momento oportuno, con los deberes hechos; y, en caso contrario, retirar los presupuestos y prorrogar los precedentes, como ha hecho repetidamente Pedro Sánchez. Pero Pere Aragonès, por lo que sabemos, se saltó esas lecciones.

Pues bien, centrándome exclusivamente en estas dos decisiones personales de Pere Aragonès, el cese del vicepresidente Jordi Puigneró y el adelanto de las elecciones, acortando la actual XIII legislatura casi un año, me parece interesante destacar que, en toda empresa privada, se exigirían responsabilidades, y, en el ámbito político debería ser exactamente igual.

Todas las decisiones, en cualquier ámbito, deben ponderar previamente el nivel de efectividad de las mismas, de su ejecución, de sus resultados y de sus consecuencias.

Al respecto, es preciso diferenciar entre la eficacia, la eficiencia y la efectividad de las decisiones adoptadas racionalmente. Pues, está claro, que a las tomadas emocionalmente, no se les pude exigir esas premisas.

Etimológicamente, hay diferencias sustanciales entre los siguientes términos:

Eficiencia: del latín ‘efficientia’, acción, fuerza, virtud de producir; capacidad para producir el máximo de resultados con el mínimo de recursos, energía y tiempo.

Eficacia: del latín ‘efficax’, eficaz, que tiene el poder de producir el efecto deseado; capacidad para alcanzar las metas o resultados propuestos.

Efectividad: del latín ‘efficere’, ejecutar, efectuar, producir; la capacidad para satisfacer las demandas planteadas.

Y me parece interesante resaltar, también, el siguiente término:

Relevancia: del latín ‘relevare’, levantar, alzar, alentar, valorizar; el desempeño en términos de importancia, significación y pertinencia.

Así, ¿realmente estas dos decisiones tomadas por Pere Aragonès tuvieron las cualidades mencionadas?

No quiero entrar en temas como la inteligencia, la estrategia y el nivel de liderazgo políticos, aspectos, todos ellos, que requieren empatía, capacidad de dirección, de guiar, así como credibilidad, honestidad, capacidad de comunicación, coherencia, entusiasmo, firmeza, humildad, capacidad de trabajo en equipo, etc.

Pero, vista la situación actual, y considerando esas dos decisiones que, a mi modo de ver, fueron trascendentales, hasta el extremo de llevarnos al momento en el que estamos, cabría preguntarse si Pere Aragonès ha reunido las cualidades mencionadas de eficacia, efectividad, eficiencia y relevancia, o ha sido un mero gestor.

En toda empresa privada, en el deporte, etc., se valora la gestión directiva y sus resultados, y se toman las decisiones pertinentes; en la política debería ser igual.

Y apartarse de la primera fila, pero seguir moviendo los hilos en la trastienda del partido, no me parece una decisión acorde con la exigencia requerida.

2 – La funcionalidad de las JERC (Juventudes de ERC)

Hoy, lunes 5 de agosto, a las 19.00 h, el colectivo de la organización de jóvenes de ERC votará si su diputada Mar Besses, deberá apoyar o no, la decisión adoptada por ERC.

Efectivamente, la JERC es una organización independiente, pero afín a ERC, y, tradicionalmente, como si fueran sus alevines.

Y es verdad que siempre han votado en línea con ERC, salvo en el tema de la ampliación del aeropuerto de El Prat.

Pero, por desconocimiento, me salen muchas dudas, y la fundamental, es ver la legalidad, o, mejor dicho, la lógica y coherencia de ver que militantes de JERC y, a la vez militantes de ERC, pudieran votar el viernes pasado en la consulta, y puedan volver a votar hoy, pues, como explico más adelante, en los estatutos de JERC ‘se impide militar en otras formaciones políticas distintas de ERC’, por lo que cabe deducir que simultanear en ambas formaciones sí que es posible (y recomendable).

Para informarme mínimamente, he leído (en diagonal) las 30 páginas de los estatutos, las 16 páginas del reglamento del consejo nacional, y las 7 del código de conducta de esa organización juvenil.

En el primer documento, en el artículo 2, se dice: ‘Relación con ERC: las Juventudes de ER se vinculan mediante el Protocolo de relaciones con ERC’.

Buscando ese protocolo, de 3 páginas, en el artículo 1er, se dice: ‘ERC reconoce a JERC como agente activo en los procesos de elaboración de su estrategia y posicionamientos en tanto que organización política referente en el ámbito juvenil’.

 Y siguiendo con este Protocolo:

En el artículo 2: ‘ERC garantiza la presencia de miembros elegidos por JERC en los órganos de ERC (consejo nacional, ejecutiva nacional, comisión permanente, comisiones sectoriales, la asamblea nacional de las mujeres, órganos políticos regionales, comarcales y locales) al objeto de conseguir una disposición transversal de la estrategia juvenil, establecer una coordinación directa entre organizaciones y contribuir a la formación de la militancia de JERC. Con el objetivo de conseguir esta mejor coordinación, JERC mantendrán informados los diferentes órganos del partido de los que formen parte, de la actividad que lleven a cabo’.

Y en el artículo 3: ‘En las listas de todas las elecciones en que ERC participe, situará miembros de JERC considerando la proporcionalidad de las dos organizaciones (…)’

En los estatutos, se fija que:

Art. 3: ‘Las JERC tiene como ámbito la actuación territorial de los Països Catalans, y actúan especialmente en Catalunya, Catalunya Nord, la Franja de Ponent, el País Valencià, les Illes Balears i Pitiüses’

En el Título I, art. 5: Vinculación: existen tres maneras diferentes de vincularse a las JERC: persona militante, persona simpatizante y persona colaboradora. Las personas militantes y simpatizantes tienen la consideración de personas afiliadas a las JERC (…)

En el art. 6: ‘(…) ‘2. Puede militar en las JERC toda persona que hay cumplido los 14 años y todavía no tenga los 28 años (…)’. Y en el punto 4: ‘(…) el hecho de estar en situación de impago impedirá el ejercicio de sus derechos (…); y en el punto 5.e: ‘No militar en otras formaciones políticas distintas de ERC o JERC, salvo que el comité nacional lo autorice expresamente’

Y en el reglamento del consejo nacional de las JERC:

En su capítulo 1, art. 1: se dice ‘El Consejo Nacional es el máximo órgano de decisión y representación de las JERC (…)’

Así que todos los discursos e intentos de influir y de pedir ‘responsabilidades’ como han hecho Marta Rovira y Marta Vilalta, son antirreglamentarios.

Pero sigo con mi duda: ¿es coherente que una persona pueda votar dos veces, el viernes y hoy, si comparte la militancia de ERC y JERC?

Asimismo, me salen nuevas dudas, por ejemplo, que militantes de JERC del País Catalunya Nord, la Franja de Ponent, el País Valencià, les Illes Balears i Pitiüses’, puedan votar hoy sobre la opción de que aquí en Catalunya tengamos al represor Salvador Illa como president de la Generalitat.

Y, si no lo he entendido mal, o no lo he encontrado, no hay ningún artículo que impida o limite el voto en función del origen del militante. Y esto, me parece un gran error, claro.

Para finalizar, es preciso resaltar que en la web de ‘Jovent Republicà’ (JERC), en la primera página, como primera información, se puede leer:

‘No podemos permitir que el unionismo se apodere del Gobierno de Catalunya, ni tampoco daremos soporte gratuito a quien vive del independentismo mágico y vacío de propuestas realistas’

La primera parte ‘No podemos permitir…’ es muy clara y diáfana; en cuanto a la segunda sobre ‘el soporte gratuito …’ ya es más subjetivo, pues no sé quién, en este momento, vive del independentismo mágico y vacío de propuestas realistas; si bien me parece claro que el preacuerdo aprobado con el PSC/PSOE mucho realismo, seguro que no tiene.

En definitiva, con el presente escrito he trasladado unas elucubraciones, un tanto atemporales, pero que me parece que por el tema especifico que tratan, sería conveniente profundizar, ni que fuera particularmente, para tener clara la situación en la que estamos.