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Destaca José Luis Llaven aprobación de reformas para endurecer sanciones por tala ilegal

• El objetivo, superar vacíos en la ley vigente y evitar que se continúe dañando al medio ambiente, señala el diputado del PVEM

Palacio Legislativo, 29-04-2023 (Notilegis).- A fin de aplicar sanciones más severas para el delito de tala ilegal, el Pleno aprobó reformar diversos artículos del Código Penal Federal, informó el diputado Jorge Luis Llaven Abarca (PVEM).

En un comunicado, señaló que el objetivo es superar vacíos en la ley vigente para evitar que se continúe dañando al medio ambiente y se pierda la vasta biodiversidad de nuestro país. 

Explicó que el documento contempla como sujetos de sanción a quienes, sin contar con la documentación que acredite su legal procedencia, transporte, comercialice, enajene, distribuya, suministre, acopie, compre, reciba, almacene, posea o transforme materias primas forestales o productos forestales maderables. 

“Cuando el volumen no exceda de dos metros cúbicos, se impondrá de dos a cinco años de prisión y una multa de 500 a 3 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

«Si el volumen es superior a dos metros cúbicos se sancionará con pena de seis a 12 años de prisión y una multa de mil a 5 mil veces el valor de la UMA vigente”, puntualizó.

Llaven Abarca recordó que la legislación actual incluye la obligación de contar con autorización para el uso y aprovechamiento de recursos forestales y su vigilancia la realiza la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

“Sin embargo, el cumplimiento de las actuales disposiciones es evadido por prácticas que buscan engañar a las autoridades, ya que las personas que se dedican al transporte ilegal de madera, dividen el cargamento en distintos vehículos, de tal suerte que nunca rebasan los límites permitidos, evitando con ello el ejercicio de acciones penales en su contra”, apuntó.

Asimismo, explicó que el decreto también establece imponer de seis meses a nueve años de prisión y una multa de 100 a 3 mil veces el valor diario de la UMA vigente, para la persona que, sin contar con la autorización previa de la autoridad competente, desmonte o destruya la vegetación forestal o cambie el uso de suelo en terrenos forestales.

“Ahora bien, cuando esas conductas dañen o afecten un área natural protegida, la pena aumentará hasta cuatro años más y la multa hasta en 5 mil veces el valor diario de la UMA vigente”, añadió.