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El reino español no descansa, siempre aprovecha la ocasión de no perder la ocasión

Amadeo Palliser Cifuentes
amadeopalliser@gmail.com

En este escrito me centro en la pretendida prohibición de la vestimenta femenina del burka y del niqab, pues el tema da mucho de sí; y, en posteriores escritos me referiré a la prohibición del catalán en la Franja (Aragón) y a la recentralización y homogeneización de las actuaciones de protección civil, ya que todos tienen una misma línea ideológica, como iré explicando en cada caso.

Pues bien, el alcalde socialista de la Paería Lleida (Félix Larrosa) quiere vetar el velo integral en la calle y edificios públicos; una medida que el anterior alcalde, también socialista (Àngel Ros) intentó aplicar hace años, pero topó con el tribunal supremo, que consideró que esa medida no era de su competencia. Ros la ‘justificó’ con argumentos de seguridad; y Larrosa lo hace para ‘defender’ los derechos humanos de las mujeres.

Ante esa situación, el president Salvador Illa (155), efectuando un triste papel, como siempre, ayer, dijo que ‘cuando he ido a Lleida y he paseado por la ciudad, no he encontrado mujeres con esta vestimenta que cubre la totalidad del cuerpo y la cara (…) y refiriéndose a las regulaciones municipales, ha negado que sean medidas racistas, ya que ‘la ordenanza del espacio público y de convivencia dice que en la calle ni vas desnudo ni te tapas la cara. Y también hacen una mención específica para salvaguardar los derechos fundamentales en ámbitos religiosos. No hay ningún acto racista aquí’.

Asimismo, el delegado del gobierno español, Carlos Prieto, manifestó, también ayer, que ‘no le gusta esta vestimenta porque atenta contra los derechos de las mujeres’, pero remarcó que ‘no es un problema que se vea en las calles del país, ¿de verdad nos hemos de concentrar en el burka? Yo no lo creo, pues nunca le han trasladado que el burka sea un problema en ninguna localidad’.

Los partidos de la oposición en la Paería de Lleida, Junts y el PP, han coincidido en la necesidad de prohibir el burka; y la exconsejera Violant Cervera (Junts) subrayó que ‘el PSOE se opuso a la proposición de ley que presentó su partido en el congreso, por lo que, hasta que no se apruebe una ley superior, esta medida no podrá tirar adelante’. Por parte de ERC, se escudaron diciendo que todavía no habían leído el texto de la propuesta, y recordaron la decisión del tribunal supremo. Y, desde el Comú de Lleida, remarcaron que hay muy pocos casos de niqab y de burka en Lleida, si bien calificaron de irresponsable, centrar el debate en la cantidad de problemas de civismo que tiene la ciudad, e instó al consistorio para trabajar con la comunidad musulmana, especialmente, con la participación de las mujeres musulmanas.

Es decir, a mi modo de ver, nos encontramos ante un tema en el que predominan más los prejuicios ideológicos, que el propio conocimiento, pues, de entrada, tratan del burka y del niqab, como un todo, cuando, el burka (propio de Afganistán) es una prenda de cuerpo entero, que cubre los ojos con una rejilla o malla; mientras el niqab (propio de las costumbres del Golfo Pérsico) cubre el rostro dejando al descubierto los ojos.

Efectivamente, en Barcelona se ven pocas mujeres con burka, pero con niqab, cada día, en la avenida Meridiana, en la hora que nos manifestamos, veo pasar entre 3 o 4 mujeres solas, o acompañadas con otras, que también llevan esa prenda. Así que Salvador Illa, nuevamente, está fuera de juego e, irresponsablemente, sigue tirando pelotas fuera, equivocándose, claro.

Efectivamente, las mujeres que llevan esas vestimentas parecen encarceladas por esas indumentarias, especialmente las que llevan el burka, que ven el mundo desde detrás de unas rejas. Igualmente, cuando se las ve en las playas, acompañadas por sus parientes masculinos en bañador, mientras ellas se bañan totalmente vestidas y tapadas. Y eso es un agravio comparativo evidente, por lo que, de entrada, yo prohibiría esas prendas, si bien, tras un necesario debate pedagógico para ambas partes, pues nosotros también necesitamos más conocimientos, pues la prohibición directa y drástica, comportaría una respuesta directa de limitación de movimientos de las mujeres, que quedarían recluidas en sus casas, o arriesgarse a castigos severos (por delitos hadd, que son ofensas graves; o por delitos tazir, que son más leves). 

Me parece evidente que las mujeres musulmanas, educadas ancestralmente con esa cultura, asumen, mayoritariamente, esa costumbre como ‘normal’, y no se cuestionan rechazarla; si bien, una minoría debe verse obligada a seguirla, por imposición familiar; y a esas deberíamos proteger, pero me parece que es imposible, dadas las circunstancias actuales.

Y el abordaje del tema, por parte de los diferentes partidos políticos, está influenciado por intereses particulares. Por ejemplo, Pedro Sánchez, autoconsiderado el campeón de los defensores de los derechos de las mujeres, prefiere no meterse en ese ‘charco’, pues ya tiene muchos frentes abiertos en Oriente Medio y, claro, ahora no le conviene enemistarse con las monarquías del Golfo.

Como se ha comentado, no se trata de guiarse por la cantidad, mayor o menor, de mujeres con esas prendas. Y tampoco puede justificarse por temas de seguridad, pues en ciertos ámbitos, está regulado; por ejemplo, el acceso a comisarías de policías y dependencias municipales, por razones de seguridad y la necesidad de la identificación visual del rostro, aunque, a nivel general, el art. 16 de la constitución protege la libertad religiosa.

Ahora bien, así como no se puede entrar en un banco con un casco de motorista, tampoco se puede entrar con burka ni con niqab, y esto no está regulado de forma legal; igualmente, para acceder a todos los comercios, en general, si bien todos esos espacios son privados de uso público, y son sus propietarios los que pueden establecer normas de seguridad interna, y tienen derecho a denegar el acceso a personas con la cara cubierta, y pueden obligar a descubrirse el rostro al entrar, independientemente de la confesión religiosa. Y los clientes, tienen el derecho a cumplir esas normas, si quieren acceder.

Otro tema delicado es la asistencia a los servicios sanitarios públicos y acceder al médico (sin exigir que sean ‘médicas’) y sin la presencia del marido.

Hay políticos y comentaristas y tertulianos ‘opinatodo’, que repiten el mantra simplista e infantil, diciendo que el Corán no fija nada sobre la vestimenta; pero eso es como referirse a la Biblia, para buscar todo tipo de respuestas a nuestras acciones, pues todos sabemos que, además de esas fuentes originales, hay disposiciones posteriores que regulan las costumbres en el marco de cada creencia religiosa. Y, por ejemplo, en el marco de la ley islámica, existen la sharia (sistema legal islámico; y el término en cuestión, literalmente significa ‘el camino claro hacia el agua’, y es el código de conducta que determina todos los aspectos de la vida) y las fatuas (pronunciamientos legales de los académicos islámicos). 

Asimismo, hay que contemplar las notables diferencias, según se pertenezca a la rama sunita (entre el 85 y el 90% de los musulmanes), que siguen a los califas electos (Abu Bakr, Omar, Uthman, Alí) y sus líderes religiosos (ulemas) no tienen autoridad divina, y sus normas se basan en el consenso entre sus eruditos; mientras que los chiitas (entre el 15 y el 10% de los musulmanes) reconocen, únicamente, a Alí (Alí ibn Abi Tálib) y sus descendientes designados (imanes) hasta Muhammad al-Mahditienen autoridad divina infalible sobre la espiritualidad máxima. 

Y si bien ambas siguen el Corán, los sunitas aceptan y respetan la sunna (tradiciones) y los hadices aceptados por consenso; mientras que  los chiitas dan mayor importancia a las enseñanzas de los imanes y su linaje, a la espera del ‘imán oculto’, el duodecimano (creen en doce imanes infalibles, sucesores espirituales y políticos de Mahoma, todos de linaje divino, y esperan al número doce, el mesías oculto desde el siglo IX, que les guía espiritualmente hasta su retorno, al final de los tiempos); así, el imamato es respetado como una designación divina directa, por ejemplo, el ayatolá, es una figura de erudición prominente y reconocida como tal. 

Ahora bien, para complicar la fotografía, entre los chiitas hay una rama del islam denominada los ismaelitas, surgida tras una disputa sucesoria en el siglo VIII respecto al séptimo imán (fatimíes, descendientes de Fátima, hija del profeta Mahoma), Isma’il ibn Ya’far, que es una creencia más esotérica (batini) mística y ética, que busca el significado oculto de la revelación; actualmente, la mayoría son Nizaríes (liderados por el Aga Khan. Por su parte, el resto de chiitas duodecimanos siguen al hermano del citado Isma’il, es decir, a Musa ibn Ya’far) y son una minoría, los Musta’lies.

Pues bien, esta rápida radiografía ya nos sirve para mostrarnos la complejidad del tema, pues hay defensores de los derechos civiles que consideran que la prohibición del burka o del niqab, discrimina a las mujeres musulmanas, que ven esas prendas como una obligación religiosa. Y, como hemos visto, no hay una sharia, sino, diversas versiones de la sharia, que determinan el rol de las mujeres.

Y en todas ellas, en principio, ‘la educación es vista como algo verdaderamente importante en el Islam, y a los musulmanes se los alienta a buscar el conocimiento y eso aplica tanto a hombres como a mujeres’, si bien, las restricciones del Talibán son más duras, pues su interpretación de la sharia es más limitativa.

Ahora bien, en Occidente, no nos molestan ciertas vestimentas, como los velos del hijab, chador, shayia, al-amira o khimar, pues todos esos permiten visualizar la cara de las mujeres. Tampoco nos molestan las imposiciones respecto a los hombres: la obligación de llevar la barba (algunos teñida de rojo, como se cree que llevaba el profeta) y mostrar solo la cara, los pies y las manos. Como tampoco nos molestan las mujeres israelís con peluca.

En definitiva, el tema es muy complejo, pero no por eso debe abandonarse, ni posponerse. Y me parece que dejarlo a reuniones con las autoridades musulmanas locales, tampoco es la solución, aunque pudieran participar mujeres musulmanas. Es verdad que, al viajar a países musulmanes, para entrar en sus mezquitas, debemos atender a sus normas de vestimenta, y también descalzarnos. La realidad es que se trata de una cultura diferente, con creencias y costumbres que chocan con las occidentales. Y es muy fácil y claro considerar la libertad de nuestro mundo, como ideal, obviando nuestro patriarcado y sus derivadas. Y desde nuestra óptica, es muy fácil considerar que las mujeres con burka o niqab, son esclavas de sus costumbres y leyes.

Pero desconozco qué y cómo se puede regular legalmente y, a la vez, respetar la libertad religiosa. Por eso, me parece que las diferentes decisiones políticas que he comentado, buscan el titular, sin más; y, claro, buscan, asimismo, satisfacer a sus electores acríticos.

Asimismo, esos partidos ‘olvidan’ que el reino español incumple habitualmente su propia constitución, ya que no respetan la aconfesionalidad establecida, así que la separación de ‘A Dios lo que es de Dios y al César lo que es del César’ (como dijo Jesús, según el NT), también se incumple, como sabemos por las interferencias mutuas.

Por todo lo expuesto, considero que el tema debería ser tratado por verdaderos especialistas y académicos designados por organismos de la UE y de la ONU, que dictasen recomendaciones al respecto; pues, en caso contrario, todo serán parches fruto de nuestra primariedad.