En el sistema actual, el rey es irresponsable ante la ley por sus actuaciones constitucionales (e incluso de las privadas, como hemos visto), y a los partidos políticos y a los gobiernos, no se les puede exigir el cumplimiento de sus programas electorales, por lo que no asumen su responsabilidad al respecto; y las consecuencias de tanta irresponsabilidad las sufrimos los ciudadanos en general, como intento explicar seguidamente.
La situación actual en la política catalana, debida al irresponsable pacto / traición de ERC, la pagaremos todos los catalanes, especialmente los independentistas.
Es cierto que los pactos efectuados por ERC para investir a Salvador Illa (155) son legales, pero, a mi modo de ver, no son legítimos, pues la legitimidad tiene más trascendencia que la observación de las leyes.
Y es evidente que los partidos tienen la libertad y la autonomía precisa, para actuar según su conveniencia.
Pero esa libertad, si se expresa traicionando su programa electoral, y las líneas fundamentales de sus propios estatutos internos, es amoral, y carente de ética.
Y si sus actos libres y autónomos traicionan su programa electoral y el ideario de sus estatutos, encima, causan un mal irreversible temporalmente al conjunto de la sociedad, deberían ser objeto no solo de la repulsa social, si no que deberían poder ser encausados por su irresponsabilidad.
Es evidente que la responsabilidad de los actos puede ser atribuida a la acción o a la inacción, es decir, puede ser activa o pasiva. Y, en el caso que nos ocupa, la responsabilidad de ERC es activa, por su acción directa, plasmada en el acuerdo de investidura.
‘El derecho romano contemplaba la Lex Aquilia, promulgada en el siglo III a. C., en honor al tribuno Aquilio, y aparece mencionada en el Digesto de Justiniano (D.9.2.2.1), y se refiere a los daños causados damnum iniuria datum, es decir, ‘daños causados ilegalmente’, una especie de acto ilícito (o delito), aunque con diferencias de agravio, como se conoce en los modernos sistemas de derecho común.
(…)
Así, por ejemplo, ‘en lo que respecta a otros daños diferentes del asesinato de esclavos o ganado, si alguien causa daño a otra persona, e ilegalmente quema, rompe o corrompe algo, será obligado a pagar al dueño el valor de la cosa en los siguientes 30 días’
(fuente Wikipedia)
Haciendo un salto en el vacío, podemos llegar a la responsabilidad extracontractual o aquiliana (ley 8/2021), que establece la obligación de reparar el daño causado a otro por una acción u omisión culposa o negligente. La responsabilidad civil derivada de la culpa extracontractual o aquiliana, prevista en los art. 1902 y ss del código civil, determina que:
‘Aquél que por acción u omisión causa un daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado’.
Extendiéndose la obligación a los actos u omisiones realizados por terceros de quienes se debe responder (art. 1903)
En ese sentido, se detallan múltiples situaciones, entre ellas:
‘los padres son responsables de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su custodia’
‘Los tutores lo son de los perjuicios causados por los menores que están bajo su autoridad y habitan en su compañía’.
‘Los curadores con facultades de representación plena lo son de los perjuicios causados por la persona a quien presten apoyo, siempre que convivan con ella’.
Y así, especifica situaciones respecto a las personas o entidades docentes, los dueños o directores de establecimientos, etc.
(…)
La culpa extracontractual no consiste en la omisión de normas inexcusables sino en el actuar no ajustado a la diligencia exigible según las circunstancias del caso concreto, de las personas, del tiempo y del lugar, a fin de evitar perjuicios a bienes ajenos (…) puntualizando que la diligencia requerida es aquélla que correspondería al buen padre de familia (…) y seguidamente especifica las prevenciones y cuidados reglamentarios como todos los que la prudencia aconseje (…) y no es excusa la buena fe en ningún ámbito, pues el principio de la buena fe no sólo constituye un límite al ejercicio de los derechos, sino que también es fuente de deberes de conducta, cuya infracción es un ilícito y, como tal, fuente de responsabilidad (art. 1101 y 1902 C.C.)
(…)
Se requiere que el daño sea real y efectivo (…) debe haber un nexo causal entre la conducta del agente y la producción del daño (…)
(https://search.app/g73FWuzmyTuwQ49U7 V/lex)
Legalmente, estas disposiciones de carácter general no son aplicables en el ámbito político, y, por lo tanto, no contemplan acciones ilegítimas como el pacto de investidura, ya que, mal que nos pese, son legales, como he dicho.
Pero, si esas responsabilidades son exigibles a los padres, tutores, empresarios, etc., me parece que, moralmente, deberían ser exigibles, también a los partidos políticos, medios de comunicación, etc.
No me vale el argumento de ERC de que el pacto ‘comportará una mejor financiación’, pues el daño simbólico de investir como president de la Generalitat a un represor, trasciende la economía, como he comentado en diferentes ocasiones.
Por eso, me parece que sería un buen ejercicio de democracia, de transparencia y de responsabilidad, que se aplicase un tipo de ‘Lex Aquilia de damno’ que se refiere a los daños causados ilegalmente y que yo añadiría a los ilegítimos.
No me parece una buena excusa, decir que esa práctica de no asumir responsabilidades en el ámbito político es una forma habitual de proceder, pues eso sería generalizar el estilo del ‘Così fan tutte’ (‘Así lo hacen todas’ o ‘La escuela de los amantes’), la ópera estrenada en 1790, por Johannes Chrysostomus Wolfgangus Theophilus, (Wolfgang Amadeus Mozart, 1756 – 1791)
Tampoco me parecen argumentos dignos de consideración, los que justifican que han hecho todo lo posible; ayer, 20 de agosto, Joseph Robinette Biden Jr, (Joe Biden), en la convención demócrata, para avalar a la vicepresidenta Kamala Devi Harris, dijo:
‘EUA, te he dado lo mejor de mí. He cometido una pila de errores en mi carrera, pero os he dado lo mejor de mi’
Me parece vergonzoso, no queremos que alguien nos de lo mejor de ellos, queremos que sean efectivos y responsables, pues también los inútiles e irresponsables pueden darnos lo mejor de si mismos. Queremos efectividad. No aceptaríamos un cirujano, un arquitecto, etc., que nos dijeran que lo harían lo mejor posible, queremos experiencias y cualidades contrastadas, que nos garanticen una probabilidad aceptable del éxito.
Queremos dejar de estar engañados, y tenemos muchísimos ejemplos de que esas prácticas de mentir y manipular, sí que son habituales, como una nueva muestra de irresponsabilidad.
Solo nos hace falta recordar la no renovación del consejo general del poder judicial, durante 5 años, culpa el bloqueo efectuado por el PP, para conseguir mantener el poder por la puerta de detrás. Y, después de la intervención de un mediador de la UE, llegaron al acuerdo salomónico de repartirse el consejo judicial, a partes iguales: 10 jueces del PSOE y 10 del PP. Un reparto equitativo que no respeta la mayoría progresista del congreso. Pero el PSOE cedió, y, también, evitó la participación de su socio de gobierno, Sumar, y la de los socios de investidura, en la elección de los jueces. Pero, claro, el objetivo del PP/PSOE y PSOE/PP es mantener el bipartidismo en los verdaderos centros de poder. Y el ridículo máximo, es recordar que ambos partidos vendieron el acuerdo como un gran logro. Y, hoy día, después de 2 meses de constituido ese órgano judicial, todavía sigue sin presidente, después de tres intentos, siguen bloqueados, ya que cada facción vota a su candidato, por lo que siguen las tablas.
Queremos poder exigir responsabilidades, queremos que los partidos políticos, como ejes del sistema político, se regeneren y lleguen a ser verdaderamente democráticos, transparentes y eficaces; que nos garanticen, asimismo la excelencia en su gestión.
Pero ya vemos que se da justo al revés, ya que Salvador Illa (155), muestra su nepotismo, nombrando a familiares, por lo que la calidad, la moral y la ética, serán, todavía más escasas.
Y, claro, si los ‘líderes’ son mediocres, en todos los sentidos, ¿cómo serán sus segundos y terceros?; sin duda, pelotas aduladores y poco más, como he visto en muchos casos en la empresa privada.
Por eso me parece preciso implantar la ‘Lex Aquilia de damno’ con carácter generalizado.
Y no lo olvidemos, ERC es y será responsable de todo el desaguisado actual y futuro.