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Sabemos que la obtusa constitución española no clarifica los principales conceptos estructurales, como la nación / nacionalidades, las autonomías, etc., por eso, los sucesivos gobiernos usan y abusan de esa indefinición, a su gusto y manera, como vimos, con la aplicación del 155 y, ahora, con las ‘delegaciones’ de funciones, sin perder ninguna cuota de poder central. Y esta ‘estafa’ es la que comento seguidamente.
El artículo 2 de la constitución española, dice que: ‘La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indisoluble de todos los españoles y garantiza el derecho de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas’.
(En el día de hoy, 8 de marzo, día internacional de las mujeres, me parece que es oportuno reivindicar la revisión del término ‘patria’, que hace referencia a los padres, a la paternidad, como base de las raíces ancestrales. No quiero, tampoco el término ‘matria’. Lo que debería desaparecer es el concepto, en sí mismo. Con los términos estado, nación y país, ya tenemos más que suficiente)
Asimismo, el titulo VIII de SU constitución, el de la organización territorial del estado, fija en las cortes generales, autorizar la constitución de las comunidades autónomas, autorizar sus respectivos estatutos, etc.
Etimológicamente, el término autonomía proviene del griego ‘antos’ (si mismo) y ‘nomos’ (ley), es decir, la capacidad de darse a sí mismo leyes, sin influencia de presiones externas.
Así que, atendiendo a lo que establece la constitución, en realidad, en el reino español no hay autonomías, ya que la realidad nos muestra que, a todos los efectos, se trata de un estado heteronómico, que es justo lo contrario al autonómico. Si nuestro Parlament no puede pensar, debatir y aprobar nada sustancial, sin ser llevado al tribunal supremo y/o al constitucional, está claro que no tenemos autonomía, o que ésta está reducida a temas limitados y secundarios.
Es evidente que, en Catalunya, ni en cualquier otra autonomía, no tenemos la capacidad de decidir de manera propia, independiente, sin la coerción externa, por lo que podemos deducir, claramente, que no tenemos soberanía (que, según la constitución, reside en la totalidad del pueblo español) ni, por lo tanto, libertad.
Y por eso, el estado español, garante de la ‘patria’, tiene la potestad soberana, ya que tiene autonomía legal, económica y cultural, aspectos que definen a los estados independientes; mientras que las comunidades denominadas ‘autonómicas’ dependemos de la voluntad y sumisión del estado, por lo que somos comunidades heteronómicas, que debemos respetar los ‘valores’ que les plazca imponernos en cada momento.
Un claro ejemplo de esa heteronomía, lo vimos en el 2017, cuando el estado, de un plumazo, destituyó a los responsables de las principales instituciones catalanas, asumiendo sus funciones el propio estado.
Una persona, una comunidad, etc., son heterónomas, cuando han de vivir de acuerdo con las normas que les imponen terceros, y, por lo tanto, no pueden decidir por sí mismas, por su propia voluntad. Y esta es la concepción del estado español. El diccionario de la RAE define la heteronomía, como ‘la condición de la voluntad que se rige por imperativos que están fuera de ella misma’. Más claro, el agua.
Y si nos fijamos en las transferencias de determinadas funciones que, forzadamente, acuerda el gobierno español (y que, como sabemos, habitualmente acaba incumpliendo), constatamos, por experiencia, que nunca son transferencias, son meras delegaciones; pues, el ejercicio de esas funciones debe acatar las reglas impuestas por el estado.
Un claro ejemplo lo estamos viendo estos días, respecto al acuerdo sobre las competencias en materias de inmigración, pues la vicepresidenta María Jesús Montero no para de clarificar ‘que no es una transferencia, sino una delegación de competencias’; mientras que Junts insiste en lo contrario. Pero es evidente que se trata de una delegación, ya que la titularidad de esta política sigue residiendo en el estado.
El término ‘delegar’ proviene de la suma del prefijo ‘de’ (arriba – abajo), el verbo ‘lex’ (ley) y el sufijo ‘ar’.es decir, la acción de encomendar o comisionar algo a otra persona, dar una responsabilidad y la autoridad para llevar a cabo cierta tarea, pero sin dejar de tener la responsabilidad última el delegador.
Pero, aún así, delegar no es mandar, es un concepto más amplio, ya que el delegado ha de asumir, como suyas, sus tareas; es decir, es compartir el liderazgo, empoderando al delegado, para que sientan que valen y cuentan sus opiniones, conocimiento y determinación.
Hay diferentes niveles de transferencias:
- Traspasar el poder significa delegar la toma de decisiones,
- Traspasar la autoridad, significa designar a otro, para determinada acción,
- Traspasar la información, para tomar las decisiones necesarias,
- Traspasar la confianza, es decir, generar un clima donde impere la sinceridad,
- Traspasar los recursos, para llevar a cabo la tarea delegada,
- Etc.
(fuente: https://search.app/wEYCBMc6K2KeQtsYA)
Ot Bou Costa, en su artículo de hoy en Vilawb, comenta que los acuerdos de Junts y ERC con el PSOE, parecen más una reforma administrativa, una reorganización burocrática.
Es decir, enlazando con los comentarios anteriores, en ningún caso se trata de una cesión del poder, ni de una mínima cuota del mismo, que siempre sigue fijado en el ‘todo Madrid’, en el gran conglomerado funcionarial estatal.
Por eso, es vergonzoso ver a los que se oponen a esas meras delegaciones de funciones, que las critiquen, por ejemplo, tachando de racistas a Junts, cuando, como vemos y sabemos, únicamente se trata de ejecutar siguiendo las leyes y reglas impuestas, así, ¿cómo es que critican a Junts, y no al gobierno español, por dichas leyes y reglas?
Johann Wolfgang von Goethe (1749 – 1832) afirmó que: ‘El mejor gobierno es aquel que nos enseña a gobernarnos a nosotros mismos’; y eso es aplicable a la educación de los hijos, al ejercicio empresarial y, en un mundo utópico, debería ser aplicable, asimismo, al estado.
Pero, claro, eso seguirá siendo una utopía, ya que, con las habituales delegaciones, como la que disimulan hacer respecto a la red de Rodalies (trenes cercanías), encima imponen comisiones / entidades controladoras, en las que el estado seguirá teniendo derecho de veto (por ejemplo, en las inversiones sobre estructuras)
Por eso, si nos acomodamos al statu quo, seguiremos siendo una mera comunidad heterónoma, que es lo que nos garantizan Pedro Sánchez y Salvador Illa; así, anestesiados, pueden repetir y adecuar el último parte de guerra efectuado por el dictador y asesino Francisco Franco, el 1 de abril de 1939: ‘En el día de hoy, cautivo y desarmado el Ejército Rojo, han conseguido las tropas nacionales sus últimos objetivos militares. La guerra ha acabado’; sólo hace falta sustituir el ‘Ejército Rojo’, por los independentistas catalanes.
Y en ese contexto, constatamos que la mayor parte de independentistas se han rendido, al menos temporalmente.
Una de las fobias más raras se llama ‘hipopotomonstrosesquipedaliofobia’, y es curioso que se haya establecido un término de 33 letras, para describir la fobia a las palabras largas o complejas. Otra fobia rara es la ‘hexakosioihexekontahexafobia’ (fobia al número 666).
Y me parece que, en el momento actual, esos independentistas rendidos, tienen esas fobias (irracionales, claro, por definición) respecto a los activistas / acciones, que siguen / seguimos activos (aunque sea de forma simbólica), pues nos consideran, como mínimo, ‘iluminados, soñadores, fantasiosos, en definitiva, trasnochados que no tocamos con los pies en el suelo’, y eso confirma el éxito de la represión del estado heterónomo.
Por todo eso, tenemos mucho trabajo para redefinir nuestras actividades, y volver a motivar y recuperar a los independentistas actualmente rendidos, así como a las juventudes; llegado ese momento, no faltarán líderes y partidos que se apuntarán, como pasó entre el 2012 y el 2017.