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Gabriela Sodi y Santiago Torreblanca exhortan a la Comisión de Puntos Constitucionales a elaborar un dictamen para dotar de autonomía e independencia a los servicios periciales

• La diputada del PRD señala que esto atendería la sentencia de la CIDH sobre el caso de Digna Ochoa y familiares contra el Estado mexicano

Palacio Legislativo, 18-10-2022 (Notilegis) – La diputa Gabriela Sodi Miranda (PRD) y el diputado Santiago Torreblanca Engell (PAN) exhortaron a la Comisión de Puntos Constitucionales a elaborar un dictamen que atienda el mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para dotar de autonomía e independencia a los servicios periciales.

En conferencia de prensa conjunta, la diputada recordó que la sentencia de la Corte Interamericana, publicada el 25 de noviembre del 2021, sobre el caso de Digna Ochoa y familiares contra el Estado mexicano, resolvió que México debe impulsar una iniciativa de reforma constitucional para dotar de autonomía e independencia a los servicios periciales.

Lo anterior, a fin de que sean órganos especializados, imparciales, con personalidad jurídica y patrimonio propio, los cuales gocen de plena autonomía técnica de gestión; y se dio como plazo dos años a partir de la notificación de esta sentencia para legislar al respecto.

“Señalar que esta iniciativa se había presentado el 15 de marzo del 2022, que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, mismas que dictaminó en sentido negativo en su décima primera reunión, bajo el argumento de que no es necesario reformar el párrafo primero del artículo 21 constitucional debido a que la Fiscalía General de la República ya goza con personas que integran los servicios periciales, que en su encargo tiene libertad y autonomía técnica”.

La diputada dijo que la comisión argumentó que “las solicitudes de las personas agentes del Ministerio Público de la Federación o de los y las agentes de Policía Federal Ministerial y de los demás sujetos legitimados, no influyen, dirigen, condicionan, ni afectan los criterios que los peritos emiten en sus informes, documentos, opiniones y dictámenes, de conformidad al artículo 43 de la Ley de la Fiscalía General de la República”.

Además, sostiene que en 25 de las 31 entidades federativas y la Ciudad de México que integran la República Mexicana, las Fiscalías Generales tienen servicios periciales autónomos, independientes y profesionales, solo en siete estados se carece de dichas características; sin embargo, su autonomía es solo técnica, explicó la legisladora.

En su oportunidad, el diputado Torreblanca Engell comentó que “el proyecto de dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados le decía a la Corte Interamericana: ‘No me importan tus sentencias’; prácticamente ese era el mensaje de Morena, y tuvo bien la diputada Sodi retirarla para lograr un mayor consenso, generar presión social y lograr que salga delante”.

El legislador panista recordó que la Corte Interamericana falló a favor de la familia activista de derechos humanos, Digna Ochoa y Plácido, luego de la anarquía generada en los peritajes derivados de su asesinato en 2001.

“En un primer momento, los peritos que analizaron la escena del crimen, los forenses, y una prueba de la procuraduría, en ese entonces, decían cosas diferentes. En una, hablaban de una sola herida de bala que, aparentemente, había sido un suicidio.

“La segunda hablaba de dos lesiones de bala, una en el muslo con entrada y salida, y otra en la sien sin herida de salida, y un hematoma en el muslo. Y se descubrió que, realmente, esas pruebas periciales eran fabricadas siguiendo los prejuicios y la línea de investigación que, previamente, había dado la Fiscalía”, subrayó.

Es decir, agregó, la Fiscalía primero llegaba a una conclusión y, posteriormente, trataba de armar un proceso “a modo” para que se ajustara a la conclusión que ellos querían. Es por eso que la Corte Interamericana, después del proceso, falló en favor de los familiares de Digna Ochoa y condenó al Estado mexicano.