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Garantizar derecho de acceso a la información, sobre todo en asuntos de interés público o violatorios de derechos humanos

Durante la 28° Sesión ordinaria de Pleno del Infoem, quienes integran este organismo garante destacaron la importancia de garantizar el derecho de acceso a la información, en asuntos donde se hayan vulnerado derechos humanos, como el caso de “El Feminicida de Atizapán”

El derecho de acceso a la información, a través de las solicitudes de información por parte de la ciudadanía, resulta de gran utilidad para conocer temas de interés público, por lo que los organismos autónomos retoman mayor relevancia para que esta información se dé a conocer cuando la institución que la posee dificulte su acceso, señaló José Martínez Vilchis, Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).   Durante la 28a Sesión Ordinaria de Pleno de este Instituto, el Comisionado Presidente emitió esta opinión al proyecto de resolución de un recurso de revisión del Poder Judicial,  respecto del cual destacó que, al ser un asunto de interés público, se pone por encima de otras previsiones que hace la Ley de Transparencia, pues cuando concluyen las etapas procesales de cualquier delito y se cuenta con una sentencia firme, como lo fue el caso del “Feminicida de Atizapán”, la relevancia del acceso a la información es mayor.   Al exponer este proyecto, la Comisionada Sharon Morales Martínez explicó que el Pleno ordenó al Poder Judicial modificar su respuesta inicial, a fin de que entregue al  particular que lo solicitó, información relacionada a la carpeta de investigación de este caso; pues ésta puede hacerse del conocimiento público, siempre y cuando exista una sentencia definitiva, respetando el debido proceso o cuando se acredite por una autoridad competente violaciones a derechos humanos. Al hacer públicas las sentencias condenatorias de este caso tan relevante, se permite a la ciudadanía conocer el trabajo realizado por los distintos entres de procuración e impartición de justicia y con ello, fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas, expresó.   Al respecto, el Comisionado Luis Gustavo Parra Noriega celebró la determinación del Pleno para impulsar la apertura de la información de interés público, pues por medio de las herramientas de la Ley de Transparencia se ayuda a no clasificar documentos relacionados con violaciones graves a derechos humanos. Asimismo, comentó que al existir estos antecedentes, se favorece la rendición de cuentas respecto del quehacer de las autoridades en materia de impartición de justicia.   En su participación, la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña destacó la importancia de brindar la información de acuerdo a lo establecido con la normativa aplicable, así como garantizar el derecho de acceso a la información a la ciudadanía, sobre todo en asuntos tan relevantes como el que se presenta en este recurso de revisión, toda vez que es factible entregar la información cuando haya sentencia firme o ya ejecutada.   Por otra parte, a lo largo de esta sesión, la Comisionada María del Rosario Mejía Ayala emitió votos particulares a diversos proyectos de recursos de revisión, entre los que cuales disintió ante la clasificación de la firma en documentos que acreditan el nivel de estudios, pues, dijo, dicha información permite confirmar la preparación académica de la persona servidora pública y valorar así su idoneidad para la función que desempeña.   Cabe destacar que, en esta Sesión, en la cual se resolvieron 191 proyectos de recursos de revisión, el Pleno de este organismo garante aprobó la imposición de 94 medidas de apremio, de las cuales 73 fueron apercibimientos, y 21, amonestaciones públicas impuestas a diferentes sujetos obligados de la entidad, debido al incumplimiento a diversas obligaciones en materia de transparencia.