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Impulsa María José Sánchez promover lenguaje inclusivo que proteja derechos de deportistas con discapacidad

• Se pretende asegurar un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades, indica la diputada del PRI

Palacio Legislativo, 06-04-2023 (Notilegis).- La diputada María José Sánchez Escobedo (PRI) promueve una iniciativa que reforma el artículo 2, fracción XII, de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a fin de adecuar el lenguaje y la estructura legislativa que permita proteger los derechos de los deportistas con discapacidad.

En un comunicado, expuso que el Estado tiene el compromiso de promover la inclusión de las personas con discapacidad a las actividades deportivas en igualdad de oportunidades.

En ese sentido, destacó la importancia del lenguaje utilizado para referirse a las personas en situación de discapacidad, el cual, reconoció, se encuentra en constante evolución y algunos términos empleados para elaborar legislaciones pasadas ya no se aceptan hoy.

Por ello, consideró, el texto de la fracción XII: “Los deportistas con algún tipo de discapacidad no serán objeto de discriminación alguna”, es insuficiente.

Por ello, en su lugar propone: “Promover y fomentar una cultura de deporte incluyente que promueva, proteja y asegure el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de los deportistas en situación de discapacidad, asegurando su plena inclusión al deporte mexicano en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades”.

Sánchez Escobedo subrayó que resultan fundamentales estas adecuaciones en materia de inclusión al marco legal del deporte mexicano.

Esto, en apego a los avances y recomendaciones efectuadas por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, en beneficio de este sector.

Insistió que esta modificación pretende garantizar la “no discriminación” a los deportistas en situación de discapacidad.

Por esta razón, indicó, es necesario un lenguaje apropiado para referirse a ellos y romper con el cometido general del artículo 2, que sólo establece las bases para la distribución de competencias, la coordinación y colaboración entre la federación, estados, municipios y alcaldías de la capital, en esta disciplina.

Con el cambio, puntualizó, la fracción XII quedará como un objetivo general de este artículo, que justifica armonizar la ley vigente.

Además, aseguró, el lenguaje inclusivo busca integrar a todos los colectivos en la manera en que hablamos y escribimos, como parte de la democratización y de reconocer la diversidad que compone a la sociedad.