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Infoem resuelve en favor de los derechos de la ciudadanía

  • Comisionadas y Comisionados, integrantes del Pleno del Infoem participaron en el Tercer Foro de Resoluciones Relevantes de la Comisión Jurídica, de Criterios y Resoluciones del SNT, en Guadalajara, Jalisco.

A fin de compartir experiencias, reflexionar y analizar las resoluciones emanadas de los diversos organismos garantes que integran el Sistema Nacional de Transparencia (SNT),  para coordinar esfuerzos hacia una ruta de trabajo colaborativo que beneficie a la sociedad mexicana, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) participó en el Tercer Foro de Resoluciones Relevantes de la Comisión Jurídica, de Criterios y Resoluciones del SNT, convocado por el organismo garante de Jalisco (Itei), en coordinación con el organismo garante nacional (Inai); celebrado en Guadalajara, Jalisco; donde las y los Comisionados mexiquenses destacaron la importancia de resolver en favor de la ciudadanía, para que pueda ejercer, con plenitud, ambos derechos tutelados.

Durante su participación en el Panel 1: «Inexistencia de Información», moderado por Conrado Mendoza Márquez, Comisionado del organismo garante de Baja California Sur (Itai BCS); José Martínez Vilchis, Comisionado Presidente del Infoem, detalló un recurso de revisión a cargo de su ponencia, en el cual se ordenó a la Fiscalía General de Justicia estatal entregar, en versión pública, las carpetas de investigación formadas con motivo de la detección de dos redes de corrupción; en razón de que el sujeto obligado requirió una aclaración que impuso al solicitante una carga desproporcionada y desvinculada con su solicitud inicial. Ante lo cual, Martínez Vilchis destacó que la facultad de aclaración no se puede ejercer para requerir datos preponderantes específicos o detallados, fuera del alcance de la ciudadanía.

Al participar en el Panel 2: “Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO)», moderado por Pedro Antonio Rosas Hernández, Comisionado del Itei; la Comisionada del Infoem, María del Rosario Mejía Ayala aseguró que toda persona tiene derecho al respeto de su honra y reconocimiento de su dignidad, lo cual quedó plasmado en un recurso de revisión a cargo de su ponencia, que resolvió hacer efectivo el derecho de cancelación del recurrente, debido a que existían publicaciones contenidas en hipervínculos que incluían expresiones ofensivas hacia su persona; por lo que se ordenó al Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México suprimir los archivos de su base de datos del Sistema de Información Pública de Oficio Mexiquense (Ipomex); además de instruir el bloqueo y limitación del tratamiento de los datos personales del recurrente.

Durante este panel, el Comisionado del Infoem, Luis Gustavo Parra Noriega expuso un recurso de revisión elaborado por su ponencia, que resolvió en favor del hijo mayor de una persona fallecida, a quien el Poder Judicial tuvo que entregar, a través del Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales del Estado de México (Sarcoem), la declaración patrimonial de su finado padre y el expediente laboral y de personal integrado por este sujeto obligado, en calidad de empleador del ahora difunto. Esta resolución, dijo, muestra que conceder acceso a datos de personas fallecidas no requiere sólo una determinación judicial, pues también existen los derechos ARCO; y cuando se configure la existencia del interés jurídico o legítimo, el Infoem puede ser competente para resolverlo, vía el Sarcoem.

Finalmente, la Comisionada del Infoem, Guadalupe Ramírez Peña relató que una particular celebró un convenio de colaboración con una universidad mexiquense, documento que fue publicado en Ipomex y del cual solicitó la cancelación de sus datos como nombre, domicilio, RFC y firma, tras argumentar que su publicación le afectó, tras ser víctima de llamadas de extorsión. Al respecto, la universidad no emitió respuesta. Tras el análisis se encontró que lo que pretendía ejercer la particular era el derecho a la oposición y no la cancelación; por lo que el Infoem ordenó al sujeto obligado, la oposición al tratamiento de datos personales; sin embargo, la universidad ha sido omisa a esta instrucción, ante lo cual, Ramírez Peña indicó que el Infoem analiza las medidas de apremio aplicables al sujeto obligado.

Cabe destacar que a lo largo de este Foro, encabezado por Salvador Romero Espinosa Coordinador de la Comisión Jurídica, de Criterios y Resoluciones del SNT y Comisionado Presidente del Itei, se expusieron alrededor de 40 resoluciones, con asuntos no sólo de inexistencia de la información y de derechos ARCO, sino también de clasificación de información, verificaciones y casos especiales.