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Informa Secretaría del Trabajo a sindicatos estatales sobre disposiciones de la reforma laboral

• Organiza reunión virtual con el Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
• Detalla Alfredo Domínguez Marrufo las nuevas obligaciones y prohibiciones que impone la reforma a los sindicatos y patrones.
• Tendrá CFCRL la función conciliatoria de jurisdicción federal, el registro nacional de sindicatos, contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo, entre otras facultades.

Toluca, Estado de México, 2 de septiembre de 2020. Para informar a los trabajadores organizados sobre los pasos necesarios para estar acorde con los requerimientos de la Reforma Laboral en la entidad, la Secretaria del Trabajo del Estado de México, Martha Hilda González Calderón, realizó una reunión virtual con Alfredo Domínguez Marrufo, Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL).

En este encuentro, además de la titular de la dependencia estatal del trabajo, estuvo presente Ricardo Sodi Cuéllar, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, así como Luis Antonio Guadarrama Sánchez, Presidente de la Comisión Legislativa de Trabajo, Previsión y Seguridad Social, quienes hablaron sobre las nuevas obligaciones de sindicatos y patrones que impone la Reforma Laboral.

Domínguez Marrufo señaló que los sindicatos ahora están obligados a adecuar sus estatutos a las nuevas reglas en materia de democracia sindical, así como en la rendición de cuentas y equidad de género.

De igual forma, es necesario legitimar los contratos colectivos existentes en las Juntas de Conciliación y Arbitraje, además de informar a la autoridad los cambios de su directiva, modificaciones de estatutos, altas y bajas de afiliados.

Agregó que se tiene prohibido participar en esquemas de evasión de contribuciones o incumplimiento de obligaciones patronales, ejercer actos de violencia, discriminación, acoso u hostigamiento sexual.

Así como simular consultas o procedimientos de democracia sindical, obstaculizar la participación de los trabajadores en los procedimientos de elección de sus directivas y cometer actos de extorsión u obtener dadivas del patrón.

En cuanto al sector patronal, el Director General del Centro Federal de Conciliación dijo que los empresarios están obligados a entregar a sus trabajadores un ejemplar impreso del Contrato Colectivo de Trabajo.

Así como fijar y difundir la convocatoria de consultas para la solicitud de Constancias de Representatividad y ratificación de acuerdos, además de implementar protocolos para la prevención de discriminación, acoso, violencia y hostigamiento sexual.

Mientras que está prohibido obligar a los trabajadores a afiliarse o retirarse del sindicato o agrupación a que pertenezcan, realizar cualquier acto tendiente a ejercer control sobre el sindicato al que pertenezcan sus trabajadores o intervenir, impedir la formación o el desarrollo de la actividad sindical. Finalmente, informó que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es organismo público descentralizado, sectorizado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que tendrá la función conciliatoria de jurisdicción federal, así como el registro nacional de sindicatos, contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo, así como la verificación de los procesos de democracia sindical.