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La Cámara de Diputados publica acuerdo para el análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la reforma energética

• Juntas directivas de las comisiones de Puntos Constitucionales y de Energía fijaron los lineamientos que regulan dicho proceso

• Una vez aprobado en comisiones el proyecto de dictamen, si fuera el caso, la discusión de las reservas en lo particular se hará en el Pleno de la Cámara de Diputados

La Cámara de Diputados publicó el acuerdo de las juntas directivas de las comisiones de Puntos Constitucionales y de Energía, por el que se regula el proceso de análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la iniciativa del Ejecutivo Federal, con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política, en materia energética.

El documento, publicado en la Gaceta Parlamentaria de este órgano legislativo, precisa que ambas instancias legislativas deberán constituirse en Comisiones Unidas y en sesión de trabajo permanente, con fundamento en las atribuciones y facultades que otorgan los artículos 80, 150, 155, 167, 168, 171, 173, 174, 176, 177, 182, 190 y demás disposiciones aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Agrega que las presidencias de las Comisiones Unidas, encabezadas por los diputados Juan Ramiro Robledo Ruiz y Manuel Rodríguez González, convocarán a reunión ordinaria permanente y en modalidad semipresencial, de conformidad con los artículos citados, así como con el artículo 25 del Reglamento, que la Cámara de Diputados aplica durante las situaciones de emergencia y la contingencia sanitaria.

Señala que una vez aprobado el proyecto de dictamen, si fuera el caso, dada la naturaleza de la iniciativa de Reforma Constitucional, la discusión de las reservas en lo particular se hará en el Pleno de la Cámara de Diputados.

Lo anterior, sin menoscabo del derecho de las y los legisladores de llevar el debate hasta que el asunto se encuentre suficientemente discutido, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo establecido por el Reglamento de la Cámara de Diputados.

Menciona que una vez que se encuentre suficientemente discutido el dictamen, se procederá a su votación nominal a través de la plataforma digital a que se refiere el artículo 21 y 26 del Reglamento invocado que la Cámara de Diputados aplica durante las situaciones de la contingencia sanitaria.

Las Juntas Directivas acordaron incorporar las propuestas, opiniones o iniciativas diversas que procedan, dentro de los plazos secuentes que lo permitan en su oportunidad.

Además, las ponencias y conclusiones que derivaron del Parlamento Abierto de la Reforma Energética, que dispuso en los Acuerdos de la Junta de Coordinación Política de fechas 15 de diciembre de 2021, publicado en la Gaceta Parlamentaria Número 5928-VII, y 09 de febrero de 2022, publicado en la Gaceta Parlamentaria Numero 5958-X, serán incorporadas y ponderadas por sus méritos en el cuerpo del proyecto de dictamen.

Las presidencias de las Comisiones Unidas, a través de sus respectivas Secretarías Técnicas remitirán la documentación correspondiente a los correos electrónicos que han sido registrados por sus integrantes y por el chat de mensajería instantánea.

Con relación al turno para opinión de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, refiere que las Comisiones Unidas en carácter de dictaminadoras, procederán en términos de los artículos 67 y 69 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/65/2022/feb/20220209-X.pdf