Buscar

Mexicanos carecen de cultura de prevención, solo 1 de cada 20 emite un testamento: académica de UVM

  • 1 de cada 20 mexicanos emite un testamento en México. Datos de la Secretaría de Gobernación revelan que existen 4.8 millones de avisos de testamento registrados, es decir menos del 4% de la población ha llevado a cabo este trámite. 
  • Desde el 2003, septiembre es considerado como el mes del testamento y, con la intención de motivar a más mexicanos a poner en orden sus propiedades, se ofrecen descuentos especiales en los trámites durante este periodo. 

Ciudad de México, 30 de agosto de 2021. De acuerdo con el Colegio de Notarios solamente 1 de cada 20 personas emite un testamento en México, mientras que la Secretaría de Gobernación cuenta con 4.8 millones de avisos de testamento registrados, es decir menos del 4% de la población ha llevado a cabo este trámite. Sin embargo, la realización de un testamento también debería ser considerado dentro de la previsión para plantificar situaciones extraordinarias, advierte la abogada Paola Andrade Cordeiro, quien también imparte clases en la licenciatura en Derecho en UVM Campus Lago de Guadalupe. 

La académica en derechos humanos y derecho familiar considera que el primer paso para abrir camino a la cultura de la previsión es entender que un testamento es un acto jurídico personal y único, que ayuda a manifestar la voluntad de transmitir el patrimonio de una persona después de la muerte. Este se realiza de manera libre, cada individuo puede elegir qué bienes, ya sean activos o pasivos, heredará, y a qué personas; cabe recordar que los individuos no están obligados a dejarle bienes a su familia, y puede donarlos a una asociación civil o a una persona con la que no tenga lazos familiares, como un amigo.

En muchas ocasiones, se piensa que un testamento abarca solo activos positivos como casas, dinero, obras de arte, joyas o autos, sin embargo, el patrimonio también incluye deudas u obligaciones con otra persona, como el pago de impuestos, pensión alimenticia para hijos o cónyuges e, incluso, el cuidado de un animal de compañía. Es decir, que el testamento contempla la riqueza, pero también transfiere obligaciones que perduran después de la muerte. 

Andrade Cordeiro recomienda a la población, en primer lugar, regularizar sus propiedades, para posteriormente, elaborar su testamento, principalmente para no heredar problemas: “Hacer un testamento nos va a ayudar a dejar seguridad jurídica a nuestra familia, de lo contrario, les dejaremos problemas. Muchas familias se rompen por cuestión de testamentos, falta de acuerdos o cuestiones patrimoniales, porque un integrante podría considerar que tiene más derecho que otro, por ejemplo. De igual manera, es importante comentar nuestra voluntad con los herederos cuando se trata de obligaciones que permanecerán, como la tutela de un hijo, el cuidado de una mascota o el cumplimiento de deudas, con el objetivo de evitar inconvenientes en el futuro”.

Muchos mexicanos consideran que el momento ideal para realizar un testamento es al llegar a la tercera edad, lo más común es que las personas lo hagan cuando comienzan a enfermar o llegan a una edad avanzada, lo que no es recomendable porque pueden suceder imprevistos, accidentes fatales o el surgimiento de enfermedades, como la demencia senil o Alzheimer. Por ello, la experta comenta que en el momento en que se empiecen a tener propiedades, sin importar si son muchas o pocas, se puede elabore un testamento. Incluso, hay lugares en el país en los que a partir de los 16 años se puede realizar, aún sin tener bienes; aunque no es lo más común, no es un limitante porque existen bienes futuros y este documento se puede modificar cuantas veces se desee. 

En casos en los que la persona fallece sin haber dejado testamento, la ley específica a los familiares más cercanos que heredarán los bienes, esto puede traer problemas a los familiares: “En el caso de una propiedad intestada, será necesario consultar a un abogado en derecho familiar o sucesorio y llevar a cabo un juicio, en donde la ley indicará la proporción a los posibles herederos, que pueden ser un cónyuge, hijos, padres o nietos, quienes podrían tener derecho a los bienes, quienes tendrán el derecho de aceptarlos o rechazarlos, y que no es una obligación”. 


Septiembre, mes del testamento. 

Desde el año 2003, la Secretaría de Gobernación y el Notariado Mexicano han impulsado la cultura del testamento ofreciendo descuentos en el trámite durante el mes de septiembre. Andrade Cordeiro considera que en muchas ocasiones los costos son una limitante, por ello invita a la población a sumarse al mes del testamento, periodo en el que las notarías hacen descuentos en el costo de los trámites y explica brevemente algunos aspectos a considerar: 

  • Tipo de testamento: El más común y con mayor certeza jurídica es el testamento público abierto dictado a un notario. Pero también existe el testamento público cerrado, el cual es redactado por la persona en su hogar y el notario lo certifica.
  • Costos: Depende del estado de la República Mexicana en donde se ubique la notaria, estos pueden ir desde 1,000 hasta 5,000 mil pesos.
  • Notaría: Todas las notarías están reguladas, se recomienda elegir alguna cercana a su domicilio, mínimo en la misma entidad, por la inmediatez que esto requiere. Todas cuentan con certeza y seguridad jurídica, la diferencia será el costo y comodidad para trasladarse a la misma.
  • Datos para realizar el trámite: Ya sea que la notaría cuente con un formato o se realice una entrevista, se pedirá la siguiente información: 
  • Datos de identificación.
  • Tipo de bienes,
  • Repartición de bienes: partes iguales, proporciones, etc. 
  • Designación de herederos y albaceas.
  • Lectura de testamento.
  • Certificación de testamento.
  • Testigos.
  • Plazos: Aproximadamente un mes después, se realiza la entrega del testamento certificado para que la persona lo resguarde. De igual manera, la notaría se encarga de hacer un aviso al archivo general para inscribir el testamento, para que cuando la persona muera, el documento se pueda buscar, en caso de que los familiares no tengan conocimiento de la existencia del mismo.