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Piden garantizar derecho a la consulta a comunidades indígenas para proyectos mineros en sus territorios

• El diputado Álvarez Máynez (MC) presentó reformas a la Ley Minera

• Se turnó a Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen, con opinión de la de Pueblos Indígenas y Afromexicanos

Con el propósito de garantizar el derecho a la consulta a comunidades indígenas y afromexicanas para otorgar una concesión, el diputado Jorge Álvarez Máynez (MC) presentó una iniciativa de reformas a diversas disposiciones de la Ley Minera.

El documento, suscrito por integrantes de ese grupo parlamentario, propone reformas y adiciones a los artículos 6, 15, 19 y 42 de dicho ordenamiento.

Pide establecer que, en caso de que dentro de la superficie en la que se solicite la concesión se encuentre algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana, la Secretaría de Economía, previamente al otorgamiento de la concesión ya través de las autoridades correspondientes, deberá consultar a los pueblos o comunidades que se vean afectados.

Lo anterior, será mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, velando en todo momento por su derecho a la libre determinación, autonomía, desarrollo ya un medio ambiente sano para su bienestar.

Además, los derechos que otorgaron las concesiones y asignaciones mineras serán sujetos, de ser el caso, a los acuerdos que se establezcan con las comunidades o pueblos indígenas o afromexicanos involucrados. Plantea que las concesiones y asignaciones mineras se cancelarán cuando se incumpla los acuerdos.

En la argumentación, precisamente que la Ley Minera no se contempla el proceso de consulta para los pobladores, el cual debe venir acompañado de información clara y concisa de los alcances que tendrá cualquier tipo de proyecto.

Señala que garantizar el derecho a la consulta a los pueblos indígenas es de vital importancia, pues la potestad de expresar su consentimiento o lograr acuerdos, así como la obligación que tiene el Estado de consultar, se relacionan con sus derechos a la autonomía, libre determinación , participación política, hicieron y fortalecieron sus culturas, lenguas e instituciones, mantuvieron sus territorios, así como a la salud, educación y al desarrollo.

add que este derecho reconocido en la Constitución y en los tratados internacionales, implica que los pueblos indígenas tendrán el conocimiento respecto a la implementación de programas, proyectos, reformas o modificaciones legislativas, así como de cualquier acción que el Estado lleve a cabo y de las cuales pueden generar algún impacto negativo en sus valores, prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales.

La iniciativa, enviada a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad para dictamen, ya la de Pueblos Indígenas y Afromexicanos para opinión, subrayar que mientras la Ley Minera no regule estos aspectos fundamentales, se continuarán violentando los derechos humanos de los quejosos, ya que las comunidades afectadas por el desarrollo de proyectos mineros desconocen su derecho a participar en las decisiones administrativas y legislativas que les perjudican.