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Piden otorgar permiso a trabajadoras que acrediten inhabilidad médica temporal por menstruación

• La diputada Gutiérrez Valtierra (PAN) propone adicionar las leyes federales del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio del Estado

La diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra (PAN) impulsa una iniciativa con el propósito de que el patrón o superior jerárquico tengan la obligación de otorgar permiso, hasta por tres días laborables, con goce de sueldo, a las trabajadoras menstruantes que presenten certificado de médico ginecológico previo que acredite la inhabilidad médica temporal que esa condición implique.

Este permiso se entenderá renovado mes con mes, en tanto se mantenga la inhabilidad temporal preexistente y se encuentre vigente el certificado médico que le sirve de fundamento, el cual tendrá una vigencia máxima de un año desde su expedición.

Señala que quedará prohibido al superior jerárquico despedir a una persona trabajadora menstruante o coaccionarla, directa o indirectamente, para que renuncie, por hacer ejercicio de su derecho de incapacidad temporal mensual por menstruación.

La propuesta plantea adicionar los artículos 132 y 133 de la Ley Federal del Trabajo, así como el 27 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.

Indica que el objeto es uniformar el trato igualitario en ambas leyes, en cuanto a la concesión del permiso laboral temporal a las personas menstruantes que presenten algún padecimiento relacionado con dicha condición y que las inhabiliten para el cumplimiento efectivo y oportuno de su trabajo.

El documento, remitido a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la de Igualdad de Género, refiere que, en el mundo, hay aproximadamente mil 800 millones de personas menstruantes, de las cuales el 10 por ciento (190 millones) padecerían de dismenorrea; esto es, presentan periodos menstruales dolorosos.

Este síndrome, agrega, se debe a una agudización de los calambres menstruales, que son dolores palpitantes o cólicos en la parte baja del abdomen y que pueden presentar síntomas complementarios como fuertes dolores de espalda baja, náuseas, diarrea y dolores de cabeza.

“El malestar de quienes padecen este síndrome, y pese a los adelantos de la fisiopatología y de la amplia gama de opciones terapéuticas para controlar el dolor, sigue configurándolo como una patología de alto impacto en la calidad de vida de mujeres que lo sufren”, resalta.

Menciona que estudios realizados en Estados Unidos señalan que anualmente se pierden alrededor de 600 millones de horas laborales y 2 mil millones de dólares como consecuencia de la dismenorrea primaria. Además, las mujeres que trabajan mientras sufren de dolor menstrual tienen baja productividad y menor calidad en el desempeño de sus actividades.

Algunas legislaciones modernas han llegado a configurar al dolor menstrual como una causal de incapacidad laboral, como sucede en países como Japón, Corea del Sur, Indonesia, Taiwán o España, indica.

Por ello, resalta la necesidad de otorgar a las personas menstruantes, mediante mandato legal, una incapacidad de carácter temporal, hasta por tres días, con goce de remuneraciones, en caso de cumplir ciertos y determinados requisitos.