La ley señala que las mujeres que se encuentren privadas de su libertad pueden vivir con sus hijas o hijos hasta que cumplen los tres años, indica la diputada de Morena
Con esta disposición nos encontramos con una clara violación al interés superior de la niñez, precisa
Palacio Legislativo, 25-06-2022 (Notilegis).- La diputada Cecilia Márquez Alkadef Cortés (Morena) propuso que se extienda la edad de las y los hijos de las mujeres privadas de su libertad para permanecer con ellas dentro del Centro Penitenciario, garantizando, en todo momento el interés superior de la niñez.
“En nuestro país, la edad permitida a las niñas y niños para que vivan con sus madres en situación de reclusión dentro de los centros penitenciarios, es de los 0 a los 3 años de edad, y únicamente, los que hayan nacido durante el internamiento de sus madres. Sin embargo, con esta disposición nos encontramos con una clara violación al interés superior de la niñez”, afirmó en un comunicado.
La legisladora sostuvo que con lo anterior se está excluyendo a las y los hijos que no hayan nacido dentro del Centro de Readaptación Social, generando un trato discriminatorio que priva al menor de estar con su madre.
“La ley señala que las mujeres que se encuentren privadas de su libertad pueden vivir con sus hijas o hijos hasta que cumplan los tres años, y en algunos casos se puede considerar una prórroga, siempre y cuando el menor tenga una discapacidad y ellas sean las únicas que puedan atenderlo”, mencionó.
Agregó que de los 27 espacios de educación temprana que se encontraban en nuestro país en 2018, 12 se localizaban en Michoacán, es decir, “casi la mitad de entidades federativas no cuenta con alguno de estos centros”.
“Dentro de las prisiones mexicanas existen dos tipos de servicios especializados para las madres y niños que viven en los centros penitenciarios, éstos son áreas de maternidad y espacios para la educación temprana de las niñas y niños”, apuntó.
Por ello, la parlamentaria presentó ante la Comisión Permanente el proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VI, el párrafo III del artículo 10, así como, la fracción I del artículo 36 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
“Invito a las y los legisladores de este Pleno a que se sumen a esta iniciativa de reforma que modifica la edad de las y los hijos de mujeres privadas de su libertad, de tres a seis años, para convivir en el Centro Penitenciario; asímismo, conservar la guardia custodia en donde la autoridad penitenciaria velará en todo momento por el cumplimiento del interés superior de la niñez”, concluyó.