Toluca, México, 20 de octubre de 2020.- A fin de agilizar los procesos judiciales cuando es admitida una demanda, la diputada Lorena Marín Moreno (PRI) propone reformar el artículo 1.176 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, para que cuando el demandado no se identifique a través de medios oficiales como la credencial para votar, cédula profesional, licencia de conducir o pasaporte, el Notificador deje citatorio con la misma persona o alguna otra que se encuentre en el domicilio, para que a hora fija del día siguiente sea entendida la diligencia con el destinatario plenamente identificado o, en su ausencia, con cualquier persona que se encuentre en el domicilio.
La proponente, expuso que el Código de Procedimientos Civiles, no contempla el hecho de que la persona que dice ser el demandado no cuenta con un documento oficial para identificarse de manera fehaciente, lo que ocasiona que el Notificador no pueda certificar la identidad del demandado.
Por lo anterior, plantea incluir en el citado Código, el criterio jurisprudencial emitido por el Cuarto Tribunal Colegiado en materia civil, que ha resuelto que cuando la persona que dice ser el demandado no se identifique, el Notificador, deberá proceder como si la persona buscada en la primera cita no se hubiera encontrado.
“De esta manera es posible corroborar la identidad de la persona a quien se busca, esto con la finalidad de que la persona se identifique fehacientemente. El objetivo es que se tenga certeza de que el sujeto llamado a juicio se entere debidamente de la existencia de una demanda en su contra” indicó.
Marín Moreno resaltó que de incluirse dicho supuesto en el Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, “el notificador podrá contar con mayores elementos de apoyo para realizar adecuadamente sus funciones”.
La iniciativa presentada en nombre del Grupo Parlamentario del PRI, fue turnada para su estudio y dictamen a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.