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PRD interpone recurso de apelación ante el TEPJF por disminución de tiempos oficiales en radio y tv

·         La disposición trastoca los tiempos asignados al INE para realizar el reparto establecido a los partidos políticos

·         Se reduce de forma estratosférica las prerrogativas a que tiene derecho en medios de comunicación, contraviniendo  lo dispuesto por la Constitución Federal

La Dirección Nacional Extraordinaria (DNE) del Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó recurso de apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por la disminución de los tiempos de transmisión en radio y televisión de los partidos políticos durante el año 2020.

Lo anterior luego de que se publicara el decreto expedido por el presidente de la República en el que autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a recibir de los concesionarios de estaciones de radio y televisión el pago del impuesto que se indica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 siguiente y cuyo inicio de vigencia se dio a partir del día 15 de mayo.

En ese sentido, el PRD solicita al TEPJF revierta dicho acuerdo, debido a que reduce de forma estratosférica las prerrogativas a que tiene derecho en medios de comunicación, contraviniendo  lo dispuesto por la Constitución Federal en sus artículos 41 y 134, que señalan el número específico de minutos diarios (48) por señal de radio o televisión durante el periodo de pre-campañas y hasta la jornada electoral y de 12% del tiempo disponible para el Estado cuando no hay elecciones.

Asimismo, la DNE recalcó que con esas disposiciones se trastocan los tiempos asignados al Instituto Nacional Electoral (INE) con el que se realiza el reparto establecido en la Constitución, ya que se reduce el tiempo que dispone el Estado a través de los tiempos fiscales a 21 minutos diarios en radio y 11 minutos en televisión, dando un total de tiempos oficiales de 51 minutos en radio y 41 minutos diarios en televisión.

Adicionalmente, los dirigentes perredistas señalaron que corresponde al  TEPJF por ser un acto administrativo emitido en forma de Decreto, en donde el Titular del Poder Ejecutivo de manera unilateral y discrecionalmente, modifica la tasa impositiva del impuesto que en especie pagan los concesionarios de radio y televisión, que es la materia que da origen a la prerrogativa de acceso a radio y televisión de los partidos políticos.

El PRD confía que la Sala Superior resolverá conforme a derecho en defensa de un Estado Democrático y representativo, en donde se respeten los derechos y prerrogativas que el Poder Constituyente dispuso. Aseguraron que no permitirán que se siga violentando la Constitución Federal, así como de otras normativas aplicables que derivan de esta.