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Propone Brenda Aguilar ampliar atribuciones del Consejo Estatal de la Juventud

Toluca, México, 24 de noviembre de 2020.- Con el fin de incluir dentro de las atribuciones del Consejo Estatal de la Juventud, la facultad de difundir las acciones, planes y programas que se originan en su interior en favor de los jóvenes, la diputada Brenda Aguilar Zamora (PRI) presentó una iniciativa para reformar la Ley estatal de la Juventud.
Expuso que la atención oportuna de las demandas de 5 millones de jóvenes que habitan en la entidad, representan un desafío para las Instituciones de gobierno, en materia de desarrollo de sus capacidades, el impulso de su participación en la toma de decisiones públicas y la garantía del pleno ejercicio de sus derechos.
“Lo que conlleva a que los tres órdenes de gobierno actúen con gran responsabilidad, compromiso y coordinación, para impulsar políticas públicas en favor de los jóvenes, que les aseguren bienestar, salud, educación y empleo”.
Aguilar Zamora detalló que la existencia del Consejo Estatal de Juventud, está prevista en la Ley de la Juventud como una instancia que agrupa a diversas dependencias y organismos públicos, quienes de forma honorífica participan en el diseño de políticas públicas para el beneficio del sector juvenil.
Agregó que pese a que cada una de las dependencias cumplen de manera responsable con la difusión de sus acciones dirigidas a los jóvenes, al interior de dicho Consejo, no existe una vía de comunicación única para dar a conocer a la población los esfuerzos que coordina, situación que limita la amplia difusión de sus acciones.
Por lo anterior, destacó la importancia de otorgarle al Consejo Estatal la facultad de difundir los beneficios que originen en favor de los jóvenes.
Asimismo, indicó que las atribuciones con que cuenta el Instituto Mexiquense de la Juventud (IMEJ), son distintas a las del Consejo; de ahí que planteó que la potestad de difusión debe ser precisada e incluida en las facultades que corresponden ejercer a dicho Consejo.
La iniciativa que reforma la fracción II del artículo 27, se remitió a la Comisión legislativa de Juventud y Deporte, para su estudio y dictamen.