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Proponen fomentar la lactancia y regular el uso de los sucedáneos de leche materna

• El diputado Reyes Carmona (Morena) impulsa reformas a la ley en la materia

El diputado Emmanuel Reyes Carmona (Morena) presentó una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de fomento a la lactancia materna y regulación de sucedáneos de la leche materna.

La adición al capítulo V “Atención Materno-Infantil” establece que la atención del niño y la vigilancia de su crecimiento y desarrollo integral deberán incluir el fomento y promoción de la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida del producto y lactancia complementaria hasta el segundo año o más.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Salud, indica que, en la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno infantil, las autoridades sanitarias competentes promoverán la donación de leche materna para abastecer los bancos de leche humana y fomentar su uso adecuado.

De igual forma, instituir acciones de orientación en todos los aspectos relativos a la instalación, apertura y funcionamiento de bancos de leche humana, lactarios y salas de lactancia en los establecimientos del Sistema Nacional de Salud.

Señala que las autoridades sanitarias vigilarán en su ámbito de competencia, que las personas físicas o morales que se dedican al proceso, distribución, comercialización y/o importación de los sucedáneos de leche materna destinados al consumo de los lactantes, se abstengan de promoverlos directamente a las madres, padres o cuidadores en los establecimientos del Sistema Nacional de Salud.

Asimismo, dejar de entregar directa o indirectamente de manera gratuita productos sucedáneos de leche materna a las instituciones y personal de salud dedicados a la atención materno infantil, a centros de atención infantil y guarderías, salvo aquellos destinados a atender necesidades especiales de nutrición de los lactantes o aquellos destinados a protocolos de investigación clínica debidamente acreditados.

En el caso de los sucedáneos dirigidos a lactantes con necesidades especiales de nutrición o a protocolos de investigación clínica, se deberá asegurar que el suministro se realice como respuesta a la solicitud expresa, física y/o electrónica del personal de salud y/o de los establecimientos para la atención materno infantil del Sistema Nacional de Salud o el instituto o centro de investigación.

El legislador puntualiza en su propuesta que las personas físicas o morales que se dedican al proceso, distribución, comercialización o importación de los sucedáneos también evitarán ofrecer al personal de salud cualquier regalo, prima económica, donativo de cualquier naturaleza, o ventaja económica que ejerza una acción coercitiva sobre la recomendación de sus productos.

Reyes Carmona añade que la recomendación de uso de estos productos debe hacerse siempre bajo la recomendación y supervisión de un profesional de la salud, únicamente en los casos que sean médicamente justificados, por decisión explícita o ausencia de la madre.

Menciona que existe un consenso en el ámbito internacional y se ha demostrado científicamente que la leche materna es, sin duda alguna, el alimento natural idóneo recomendado para las y los niños recién nacidos por su composición única.

Explica que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la leche materna es segura y limpia y contiene anticuerpos que protegen de muchas enfermedades propias de la infancia; además, suministra toda la energía y nutrientes que una criatura necesita durante los primeros meses de vida.

“La leche materna es un alimento completo, inocuo y adecuado a las necesidades de los lactantes, contiene componentes bioactivos, brindando protección ante enfermedades infecciosas a corto plazo. Asimismo, fomenta el desarrollo sensorial, cognitivo, motriz y afectivo”, enfatiza.