- Propone sanciones para personas candidatas o partidos políticos que ejerzan violencia digital contra las mujeres.
- También sancionará el sicariato digital, el terror psicológico digital y la ciber violencia psico familiar.
En nombre del grupo parlamentario del PRD, la diputada Viridiana Fuentes Cruz (PRD) propuso reformas al Código Penal, la Ley Orgánica de la Administración Pública y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todas de la entidad, para sancionar con cárcel la violencia digital y la ciberviolencia política de género.
La legisladora propone imponer sanciones de tres a seis años de prisión a quien intervenga, robe, copie, altere, distribuya, compre o venda datos, imágenes, audios o videos de las tecnologías de la información y telecomunicaciones o cualquier espacio digital, sin el consentimiento de la víctima, con el objeto de causarle daño o ejercer cualquier tipo de violencia.
Las penas aumentarán hasta el doble, esto es hasta 12 años de cárcel, cuando la víctima sea menor de edad, sea mujer y no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo, aun y cuando mediare su consentimiento, presumiéndose el daño a la dignidad, y, en el caso de que en esta conducta el sujeto activo sea un partido político, precandidato, candidato, servidor público o medio de comunicación, se incrementará la sanción hasta en dos terceras partes.
De acuerdo con la iniciativa, remitida a dictamen de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, la ciberviolencia política será entendida como la violencia en contra de las mujeres en el espacio digital mediante internet, redes sociales, tecnologías digitales, tecnologías de la información y la comunicación (TICs), inteligencia artificial y sistemas, redes o empresas de telecomunicaciones.
La ciberviolencia política, explicó, tiene el propósito de ejercer intervención, hackeo, espionaje, persecución, ataque basado en estereotipos, amenazas, ciberacoso; robar, copiar, transmitir o destruir datos personales, alterar datos electrónicos, suplantación de identidad. Esta modalidad puede extenderse al sicariato digital, entendida como la actividad ilícita de empresas o personas contratadas mediante perfiles y cuentas de redes sociales; terror psicológico digital y la ciber violencia psico familiar, que produce efectos en la familia, hijos e hijas, cónyuges y padres, de forma que su entorno se vuelve inestable.
Establece que estado y los municipios deberán establecer mecanismos para prevenirla y combatirla; instrumentar programas de atención especializada y gratuita, legal, psicológica y asesoría de atención digital, además de impulsar un plan de ciberseguridad con perspectiva de género para las mujeres víctimas, en congruencia con la estrategia estatal de ciberseguridad establecida por policía cibernética, además de que el Instituto Electoral del Estado de México deberá crear el Índice de ciberviolencia política de género.
La legisladora Viridiana Fuentes consideró preocupante el traslado de la violencia de los espacios físicos a los virtuales, que facilita a las personas agresoras la tarea de difamar, humillar e intimidar con un simple clic, mientras las principales víctimas son niñas, niños y adolescentes, pero sobre todos mujeres.