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Publica DOF decreto para que se emita Alerta Amber al momento de que se reporte a un menor como extraviado

•    Entra en vigor mañana jueves 6 de abril

Palacio Legislativo, 05-04-2023 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este miércoles un decreto que reforma la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a fin de que cuando la persona reportada como extraviada sea niña, niño o adolescente, al momento de presentar la denuncia, y sin dilación alguna, se emita la Alerta Amber, de acuerdo con el respectivo Protocolo Nacional.

La adición al párrafo segundo al artículo 105 de la citada ley, fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados, el 31 de marzo de 2022.

Artículo Único.- Se adiciona un párrafo segundo al artículo 105 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para quedar como sigue:

Artículo 105. …
Cuando la persona reportada sea niña, niño o adolescente, al momento de presentar la denuncia formal ante la autoridad competente y sin dilación alguna, además, se emitirá la Alerta Amber de conformidad con el Protocolo Nacional Amber México.

En su único artículo transitorio se indica que el presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.