Toluca, Estado de México, 25 de diciembre de
2019. La Secretaría del
Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Prevención y Control de la
Contaminación Atmosférica, informa que se mantienen las acciones de la
Fase II de Contingencia Ambiental Atmosférica por partículas en las Zonas
Metropolitanas del Valle de Toluca y Santiago Tianguistenco, en virtud que
a las 19:00 horas se registró un valor máximo de 232 puntos
del Índice de Calidad del Aire de partículas suspendidas fracción PM2.5 (179.8
microgramos por metro cúbico), en la estación de San Cristóbal Huichochitlán
(SC), en el municipio de Toluca.
La Secretaría del Medio Ambiente desplegó en el municipio de Toluca dos
operativos con patrullas ecológicas para detectar y detener a vehículos
ostensiblemente contaminantes, vehículos que no tienen la verificación
vehicular o que circularon el día que no les corresponde.
Adicionalmente, se ha trabajado en coordinación con los municipios de la Zona
Metropolitana del Valle de Toluca y de la Zona Metropolitana de Santiago
Tianguistenco, para llevar a cabo las acciones del Programa para Atender la
Contingencia Ambiental Atmosférica por partículas.
Los municipios de Chapultepec, Metepec, Tenango del Valle y Capulhuac, así como
Probosque, han atendido y sofocado diferentes incendios de pastizales y áreas boscosas
en la zona, contribuyendo a disminuir la mala calidad del aire.
Sin embargo, las condiciones meteorológicas y la inversión térmica que
contribuyeron a la concentración de partículas PM2.5, continúan siendo adversas
para su dispersión (viento débil y estabilidad atmosférica). Los modelos de
pronóstico meteorológico señalan que esta situación se mantendrá en toda la
noche.
La Secretaría del Medio Ambiente continuará con la vigilancia y las acciones
que establece el Programa para Atender Contingencias Ambientales Atmosféricas e
informará la evolución de la misma mañana 26 de diciembre a las 10:00
horas.
Por lo anterior, para el día de mañana jueves 26 de diciembre, deberán
considerarse las siguientes medidas:
Medidas y recomendaciones para proteger la salud de la población mientras se
mantengan niveles altos de contaminación:
Mantenerse informados sobre el estado de la calidad del aire en el sitio web:
http://rama.edomex.gob.mx/calidaddelaire
Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como hacer
ejercicio al aire libre a cualquier hora del día, ya que algunas de estas
actividades pueden incrementar la dosis de contaminantes inhalados.
Se prohíbe la quema de materiales y residuos, incluyendo las realizadas para
adiestramiento y capacitación de personal.
En caso de contar con aire acondicionado en oficina, hogar o automóvil, se
recomienda utilizarlo en modo de «recirculación”, así como mantener
puertas y ventanas cerradas.
Para reducir la generación y exposición a partículas cuando se está en
interiores, se recomienda no prender velas ni quemar leña, carbón u otros
materiales.
Se recomienda no fumar, en especial en espacios cerrados
Se recomienda reducir el uso del vehículo particular, compartir el auto y
utilizar el servicio de transporte público.
Restricciones en transporte:
Restricción a la circulación de todos los vehículos destinados al servicio de
transporte de carga con placa local y federal entre las 06:00 y las 10:00
horas, a excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de
Autorregulación respectivo.
Restricción a la circulación para vehículos de 5:00 a las 22:00 horas:
o Todos los vehículos con holograma de verificación
«2».
o Los vehículos con holograma de verificación «1»
de acuerdo con su terminación de placa non (1, 3, 5, 7 y 9) con base en la
última activación.
o Los vehículos con holograma de verificación “0” y “00” con
terminación de placa 1 y 2 engomado verde (jueves).
Los taxis podrán circular de 5:00 a las 10:00 horas, los días que tengan
restricción con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
Se restringe la circulación de las 5:00 a las 22:00 horas del 50 por ciento de
las motocicletas, considerando la terminación de matrícula non (1, 3, 5, 7 y
9), quedando exentas las unidades eléctricas y las que prestan servicios
públicos del gobierno. Las motocicletas que no cuenten con placa no podrán
circular.
Restricciones de la Industria federal y local:
Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local
que tengan equipos de combustión, procesos o actividades que generen partículas
reducirán el 60 por ciento de sus emisiones de partículas.
Suspender las actividades de las concreteras (fijas o móviles) que no cuenten
con equipo de control de emisiones.
Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de
ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.
Restricciones en Servicios:
Suspender las actividades de construcción, remodelación, demolición y
movimiento de tierras, con excepción de los rellenos sanitarios.
Suspender toda actividad de explotación de bancos de materiales pétreos.
Suspender las actividades de movimiento de materiales generadores de partículas
a cielo abierto en establecimientos de materiales de construcción (arena y
grava, entre otros).
Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustible
leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.
Medidas y acciones a cargo del gobierno:
Las autoridades de salud, en el ámbito de sus competencias, difundirán las
recomendaciones de protección a la salud.
Prohibir la quema de materiales y residuos, incluyendo las realizadas para
adiestramiento y capacitación.
Intensificar la vigilancia y el combate de incendios en zonas agrícolas y
forestales.
La autoridad competente informará a los productores de ladrillo, cerámica y
fundición en hornos artesanales que deberá reprogramar la cocción de sus
productos.
Suspender actividades de mantenimiento a la infraestructura urbana del gobierno
local correspondiente, que generen emisiones fugitivas de partículas
(movimiento de tierra, excavaciones, mantenimiento a jardines y camellones,
entre otros), con excepción de las que atiendan reparaciones urgentes.
Suspender las obras que obstruyan o dificulten el tránsito, con excepción de
las que atiendan reparaciones urgentes
Reforzar la detección y sanción de vehículos ostensiblemente contaminantes, de
vehículos sin verificación o que circulan el día que no les corresponde.
Reforzar la detección y sanción de vehículos de transporte de materiales de
construcción abiertos sin lona de cobertura y/o que derramen materiales.
Se hace un llamado a la población a reducir emisiones en todas las fuentes,
prevenir y dar aviso a las autoridades acerca de incendios forestales,
agrícolas y de pastizales, quemas de basura, de llantas, fogatas, pirotecnia y
otras actividades y eventos que generen emisiones contaminantes. Para ello se
ponen a disposición los siguientes números telefónicos:
• Centro estatal y Combate de Control de Incendios
Forestales: 56-30-53-60.
• Comisión Nacional Forestal: 55-54-06-12, 26-15-00-42,
01-800-80-77-100.
• Heroico cuerpo de Bomberos: 068.
• PROBOSQUE: 01-800-590-17-00.
• Centro de comando PROBOSQUE: 01-722-878-98-58.
• Emergencia: 911.
El Índice de Calidad del Aire se pueden consultar en la página web:
http://rama.edomex.gob.mx./calidaddelaire
Para más información sobre el Programa para atender Contingencias Ambientales
Atmosféricas, se sugiere consultar la siguiente página de internet:
http://proaire.edomex.gob.mx./bibliografia