- Durante esta sesión, el Pleno aprobó por unanimidad, la imposición de 57 medidas de apremio
Debe eliminarse la salvedad otorgada al sujeto obligado para pronunciarse en el supuesto de que no cuente con el último grado de estudios de las y los servidores públicos, sabiendo que la entrega de este documento favorece la transparencia y la rendición de cuentas, consideró José Martínez Vilchis, Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem), al emitir su voto particular respecto a un proyecto de recurso de revisión.
Por su parte, durante la 20ª Sesión Ordinaria del Pleno de este organismo garante, la Comisionada María del Rosario Mejía Ayala indicó que el voto particular concurrente emitido por su ponencia se debe a que no comparte la clasificación de la firma de un servidor público, en un documento que acredita su nivel de estudios, pues el sujeto obligado argumentó que se trata de un dato personal confidencial y únicamente será público cuando sirve para la emisión de un acto de autoridad en ejercicio de sus funciones. Por el contrario, dijo, la firma debe ser pública, con la finalidad de acreditar su idoneidad, preparación académica e identidad.
Al explicar su voto en contra a otro proyecto, la Comisionada Sharon Morales Martínez no compartió ordenar al Instituto Electoral del Estado de México la entrega del listado de visitantes extranjeros, sin testar su nombre. La decisión basada en la prueba de interés público, indicó, no cumple con los principios establecidos para ponderar los derechos de privacidad y protección de datos personales, frente al interés público de la transparencia. Esta prueba no demuestra una conexión patente y verificable entre la divulgación de los nombres y la aportación a los comicios, por lo que la divulgación de los nombres no es necesaria ni proporcional y podría inhibir la participación futura de observadores extranjeros.
Con respecto a este tema, la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña emitió también un voto disidente y señaló que los visitantes extranjeros son una figura reconocida por la normatividad electoral, cuya función se limita a conocer el desarrollo del propio proceso y en su caso, solicitar la celebración de reuniones informativas con organismos públicos electorales; situación que no puede traducirse en un acto de autoridad; aunado a que, por Ley, los visitantes deben autofinanciar su traslado, estadía y actividades, por lo que no reciben ni ejercen recursos públicos; motivo por el cual, su nombre debiera clasificarse como un dato personal confidencial.
En su participación, al hablar sobre recursos de inconformidad, el Comisionado Luis Gustavo Parra Noriega emitió un voto razonado en estos proyectos, tras considerar que tal como lo señaló el organismo garante nacional (Inai) en sus respectivas resoluciones, el Infoem también debió acreditar la prueba de daño para ordenar la reserva de la información. No compartió que se considere como reservada la información de los peritos en psicología, sin un estudio específico que explique, con motivo de sus funciones, cómo se podría poner en riesgo su vida, salud o seguridad.
En esta sesión, el Pleno del Infoem aprobó, por unanimidad de votos, la imposición de 57 medidas de apremio, de las cuales, 46 son apercibimientos dirigidos a titulares de unidades de transparencia (TUT), 10 fueron amonestaciones públicas dirigidas a las y los TUT municipales; así como una multa al titular de la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Amatepec, por una cantidad de 16 mil 285 pesos con 50 centavos.