
En 1973, la Asociación Americana de Psiquiatría eliminó a la homosexualidad de las páginas de su manual sobre trastornos mentales, mientras que, para el año de 1990, la Organización Mundial de la Salud (OMS) homologó esta acción al retirarla su Catálogo de Enfermedades Mentales. Para el caso de la transexualidad, tendrían que pasar 28 años para que la institución la descartara como categoría patologizante.
En el ámbito legal, en nuestro país, con fundamento en el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos de las libertades de las personas”.
Lo anterior en concordancia a lo estipulado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que establece que “el derecho a la no discriminación consagra la igualdad entre las personas, por lo que las distinciones basadas en el género, la raza, la religión, la orientación sexual, entre otras, se encuentran específicamente prohibidas referente al goce y ejercicio de los derechos sustantivos consagrados en instrumentos internacionales”.
Sin embargo, pese a lo anterior, las llamadas “terapias de conversión”, “terapias reparativas” o como recientemente se han categorizado: Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), continúan fomentando estigmas y desvalorización de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales, Transgénero, Travestís e Intersexuales (LGBTTTI) en el país.
Estos intentos de “corregir” la sexualidad de las personas se disfrazan como alternativas médicas y psicológicas que se basan en desinformación, prejuicios y rechazo a la homosexualidad y transexualidad, los cuales tienen como consecuencias el daño a la autoestima, el rechazo familiar, depresión, comportamientos suicidas, erosión del tejido social, aislamiento y, en algunos casos más violentos, medicación forzada, la privación de la libertad, tortura o violaciones correctivas.
Es por ello que ahora en el Estado de México, tras poco más de un año de trabajos conjuntos con la diputada de la LX Legislatura del Estado de México, Beatriz García Villegas, hemos promovido una Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar el artículo 211 del Código Penal mexiquense, con el objeto de prohibir y sancionar las “terapias de conversión” por orientación sexual, expresión o identidad de género en la entidad. Razón por la que también reconocemos la colaboración de la legisladora para que nuestras voces encuentren voz en el Poder Legislativo
Con esta acción, se buscará sancionar de uno a tres años de prisión, de 150 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, y hasta 200 días multa al que promueva, ofrezca, imparta, aplique, obligue, induzca o someta a tratamiento, terapia o cualquier tipo de servicio que pretenda cambiar la orientación sexual y/o identidad de género de una persona.
Esta iniciativa representa un avance en materia de derechos humanos en el Estado de México, toda vez que la garantía y goce de los mismos no deben estar limitados por la orientación sexual, expresión o identidad de género de las personas. Su aprobación permitirá que las instituciones públicas de los diversos órdenes de gobierno protejan la integridad y la dignidad de la ciudadanía mexiquense, así como investigar y sancionar a quienes realicen o promuevan estas prácticas que violan los derechos humanos.
Desde Fuera del Clóset A.C., no claudicaremos frente a argumentos promovidos por grupos antiderechos, quienes han declarado públicamente en otras entidades de la República que este tipo iniciativas “criminalizan y violan el derecho” de las familias a orientar a sus hijos e hijas y decidir sobre su orientación sexual, bajo el apoyo de “profesionales” de la psicología, ministros de culto o grupos pastorales. La orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por las máximas instituciones en materia de salud y derechos humanos, por lo tanto, se deben tratar bajo una óptica laica, científica y objetiva, libre de prejuicios y estereotipos.
En mérito de lo expuesto y fundado, esta Asociación Civil hace un llamado a la Legislatura Mexiquense, a efecto de que se discuta y avance dicha iniciativa en las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales e Igualdad de Género y, con ello, implementar estas acciones y medidas necesarias en contra de todas aquellas personas que busquen menoscabar la integridad de las y los ciudadanos mexiquenses.
El amor, el orgullo, la justicia, la integridad, la cientificidad y la democracia serán nuestras herramientas para seguir trabajando por una sociedad más justa, donde todas las personas seamos libres.
NI PERSONAS ENFERMAS NI CRIMINALES, SIMPLEMENTE HOMOSEXUALES
NI PERSONAS ENFERMAS NI CRIMINALES, SIMPLEMENTE TRANSEXUALES
A T E N T A M E N T E
FUERA DEL CLÓSET A.C.